Waldo Ulises Pizarro Molina
Técnico en Minas — 42 años.
Antecedentes
Waldo Ulises Pizarro Molina
Técnico en Minas — 42 años.
Resumen del caso
Waldo Ulises Pizarro Molina, un técnico en minas de 42 años y alto dirigente del Partido Comunista, fue detenido y hecho desaparecer el 15 de diciembre de 1976 en Santiago. Su caso es parte de una operación contra trece líderes comunistas, cuya desaparición fue encubierta por la dictadura con la versión oficial falsa de que habían abandonado el país.
Foto: Museo de la Memoria y los Derechos Humanos (Chile)
Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]
La investigación de esta situación logró determinar tanto la falsedad de la versión dada por la autoridad acerca de la salida del territorio nacional de los afectados, como la privación ilegal de libertad de dos de ellos.
El 29 de noviembre de 1976 fue detenido en las cercanías de la Vega Central Santiago Edmundo ARAYA CABRERA, cuyo caso, pese a que se trata de un militante del MIR, es relatado en esta sección por las numerosas características que lo unen a los restantes. Desde la fecha antes señalada no se tienen noticias suyas. Esta persona había previamente prestado una declaración jurada acerca de las circunstancias de la detención y posterior desaparición de su amigo y compañero de partido Mario Maureira ocurrida el 8 de agosto de 1976, y de la cual fue testigo presencial. Al interponerse un Recurso de Amparo en favor de Santiago Araya, el Ministerio del Interior informó a la Corte de Apelaciones que, habiendo consultado al Departamento de Extranjería de Investigaciones, el afectado registraba salida del país. El 7 de febrero de 1977 el Tribunal realizó una inspección de la documentación y archivos del Departamento de Extranjería y se constató que según el certificado N° 366, la víctima registra salida a pie del país por el paso Los Libertadores con fecha 22 de diciembre de 1976. Sin perjuicio de que judicialmente se comprobó la falsedad de tal documentación, es importante tener presente que Santiago Araya tenía una luxación en la cadera, a consecuencia de lo cual cojeaba, lo que hace inverosímil que haya cruzado la frontera a pie.
El 9 de diciembre de 1976, alrededor de las 10:30 horas, fue detenido también en la vía pública el miembro del Comité Central del PC, Armando PORTILLA PORTILLA, quien se encuentra a la fecha desaparecido, y respecto del cual el Ministerio del Interior informó que, según certificado de viaje N° 364, había salido del territorio nacional con destino a Argentina, con fecha 11 de enero de 1977, lo que resultó ser falso.
El 13 de diciembre de 1976, otro miembro del Comité Central del PC, Fernando Alfredo NAVARRO ALLENDES, fue detenido en calle Ramón Cruz con Grecia, y en presencia de numerosos testigos, por cinco agentes que se movilizaban en dos vehículos, encontrándose desaparecido desde esa fecha.
El 15 de diciembre de 1976, fueron detenidos siete dirigentes del PC, varios de los cuales integraban su Comité Central.
En la mañana de ese día fueron detenidos en la vía pública el constructor civil y miembro del Comité Central del Partido Comunista Horacio CEPEDA MARINKOVIC y el ex Presidente Nacional de los Empleados Municipales de Chile, Lincoyán Yalú BERRIOS CATALDO, también comunista, quienes habían acordado reunirse en calle Rodrigo de Araya con Lo Plaza. Respecto de Horacio Cepeda, el Ministerio del Interior informó a la Corte de Apelaciones que, según certificado de viajes N° 356, había salido del territorio nacional con fecha 6 de enero de 1977, lo que judicialmente se acreditó era falso. En cuanto a Lincoyán Berríos se informó que había abandonado el territorio nacional con fecha 21 de diciembre de 1976, a pie. Al día siguiente de la desaparición de este último se cobró un cheque de su cuenta corriente, sobregirándola, comprobándose con posterioridad que en el cobro se usó una cédula de identidad falsa. Por su parte, Horacio Cepeda fue visto con posterioridad en un centro de reclusión clandestino, desde donde se le perdió el rastro.
Más tarde fueron detenidos en el sector de Plaza Egaña con Avenida Larraín y en presencia de varios testigos, el profesor universitario Juan Fernando ORTIZ LETELIER, y el técnico en minas Waldo Ulises PIZARRO MOLINA, ambos miembros del Comité Central del PC. La detención fue practicada por varios agentes que encapucharon a los afectados, uno de los cuales alcanzó a gritar su nombre, razón por la cual fue golpeado en la cabeza, y los introdujeron violentamente en un vehículo. Desde esa fecha ambos se encuentran desaparecidos. Según certificado de viaje N° 1082 del 20 de abril de 1977, Waldo Ulises Pizarro abandonó, a pie, el territorio nacional el 21 de diciembre de 1976, por el paso Los Libertadores, lo que se demostró judicialmente ser falso.
A continuación fue detenido en la vía pública el militante comunista Héctor VELIZ RAMIREZ. El Ministerio del Interior argentino informó, con fecha 10 de abril de 1979, que el afectado ingresó a ese país, junto con Horacio Cepeda, Edras Pinto y Luis Lazo, el 6 de enero de 1977 en un automóvil con patente chilena HG 19 de Santiago. Sin embargo, judicialmente se acreditó que la patente mencionada no fue otorgada por la Casa de Moneda a la Muncipalidad de Santiago. Por su parte, el Departamento de Extranjería chileno informó que Héctor Véliz no registraba salida del territorio nacional. Esta información proporcionada por la autoridad argentina demuestra las vinculaciones que en esa época existían entre los servicios de inteligencia de ambos países, los que se colaboraron en la elaboración de coartadas para eludir sus responsabilidades en las desapariciones y muertes de personas de que eran responsables.
En calle Profesor Fuentes Maturana con Catamarca, de Santiago, se produjo la siguiente detención del miembro del Comité Central del PC Luis Segundo LAZO SANTANDER, por varios agentes, encontrándose desaparecido desde esa fecha. Al igual que en la mayoría de los casos anteriores, el Ministerio del Interior informó a la Corte de Apelaciones que, según certificado de viaje N° 357, la víctima registraba salida del territorio nacional con destino a Argentina con fecha 6 de enero de 1977, lo que resultó ser falso.
El último de los detenidos en ese día fue Reinalda del Carmen PEREIRA PLAZA, quien fue apresada ante numerosos testigos mientras esperaba locomoción en la intersección de las calles Rodrigo de Araya con Exequiel Fernández, la tecnóloga médica y militante de las JJ.CC, quien se encontraba embarazada de cinco meses, por agentes que se bajaron de un vehículo patente HLN 55 y la introdujeron en su interior por la fuerza. El Director de la Casa de Moneda informó al tribunal que la patente indicada no fue otorgada en los años 1976 y 1977. El Ministerio del Interior también informó a la Corte de Apelaciones que, según certificado de viaje N° 354, la víctima había abandonado el territorio nacional con fecha 21 de diciembre de 1976, a pie, lo que era inverosímil dado su estado de gravidez y se acreditó era falso. Desde la fecha de su detención, se ignora la suerte o paradero de Reinalda Pereira y la del hijo que esperaba.
El 18 de diciembre de 1976, fueron detenidos y desaparecidos el radiotelegrafista y militante del PC, Lizandro Tucapel CRUZ DIAZ, y el constructor civil y militante del MIR, Carlos Patricio DURAN GONZALEZ. Lizandro Cruz fue detenido en la vía pública. Carlos Patricico Durán, también fue detenido en la vía pública, después de separarse de su cónyuge en la Estación Mapocho. Respecto de Lizandro Cruz, la autoridad informó que, según certificado de viaje N° 359, había hecho abandono del territorio nacional el 11 de enero de 1977, lo que judicialmente se comprobó era falso.
El 20 de diciembre de 1976, fue detenido el militante comunista, Edras de las Mercedes PINTO ARROYO, por tres agentes que lo sacaron de la casa de sus padres, encontrándose desaparecido desde esa fecha. Al igual que en los casos anteriores, el Ministerio de Interior informó a la Corte de Apelaciones que, según certificado de viaje N° 355, el afectado había salido del territorio nacional el 6 de enero de 1977 con destino a Argentina, lo que también resultó ser falso.
Por los múltiples antecedentes que existen, especialmente el resultado de la investigación judicial a que ya se hizo alusión y las declaraciones testimoniales recibidas por esta Comisión, ella adquirió la convicción de que todas las personas antes mencionadas son víctimas de desaparición forzada cometida por agentes estatales, en violación de sus derechos humanos.
Si bien es cierto que no es posible atribuirle la autoría de estas desapariciones con certeza a un organismo estatal determinado, existen indicios en el sentido que sería responsable de ello la DINA, única organización con la capacidad de montar una operación de desinformación tan compleja como la que se urdió para encubrir las responsabilidades de los implicados en las presentes desapariciones.
MemoriaViva[2]
Relatos de los Hechos
Waldo Ulises Pizarro Molina, 42 años, casado, tres hijos, técnico en minas, ex Dirigente Sindical y ex-Dirigente en diversas estructuras del Partido Comunista, fue detenido el lunes 15 de diciembre de 1976, junto a Fernando Ortiz Letelier, en las inmediaciones de la Plaza Egaña.
Entre el 29 de noviembre y el 20 de diciembre de 1976, fueron detenidas trece personas: once pertenecientes al Partido Comunista -algunos de ellos miembros de su Comité Central- y dos al Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR). Los procedimientos que se utilizaron para detenerlos guardan semejanzas entre sí, particularmente en el hecho de que sus arrestos se realizaron en la vía pública, salvo en un caso, y destacándose que el grueso de las detenciones se verificaron el día 15 de diciembre de 1976, afectando en ese sólo día a siete personas. Y la otra nota común en sus situaciones, fue aquella que proporcionó oficialmente el gobierno militar, en el sentido que prácticamente todos registraban salida de Chile a Argentina entre fines de diciembre de 1976 o a principios de enero de 1977, versión cuya falsedad quedo establecida judicialmente. La otra característica común a todas estas personas es que hasta la fecha se encuentran desaparecidas.
Las 13 personas detenidas, actualmente desaparecidas, son: Santiago Edmundo Araya Cabrera, detenido el 29 de noviembre de 1976; Armando Portilla, detenido el 9 de diciembre de 1976; Fernando Alfredo Navarro Allende, detenido el 13 de diciembre de 1976; Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Juan Fernando Ortiz Letelier, Reinalda del Carmen Pereira Plaza, Waldo Ulises Pizarro Molina y Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 15 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz, Carlos Patricio Durán González, ambos detenidos el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, detenido el 20 de diciembre de 1976.
Waldo Pizarro Molina, desde el mismo Golpe Militar de septiembre de 1973, comenzó a ser buscado intensamente por grupos de personas que jamás se identificaron debidamente, y que a lo más expresaron ser de algún Servicio de Seguridad. También a personas que permanecieron detenidas se les preguntó insistentemente sobre este afectado, como ocurrió con Sonia Toro Bravo durante su cautiverio en manos de agentes del Comando Conjunto en julio de 1976, quien es hermana de Nicomedes Toro Bravo, que se encuentra desaparecido desde esa época; asimismo, ocurrió con el detenido Juan Rojas Miranda que permaneció detenido desde octubre a noviembre de 1975, y con el detenido Juan Ramírez Cortez, cuando permaneció en el Regimiento del Ejército de Tejas Verdes, San Antonio.
Por otra parte, el domicilio del afectado fue varias veces "visitado" por desconocidos, como igualmente los hogares de otros familiares de amigos y de ex compañeros de trabajo y más de alguno de estos quedaron sometidos a vigilancia. Su búsqueda era intensa y sistemática.
Ocurrió que el 15 de diciembre de 1976, como a las 16:30 horas salió de su casa, junto a su hijo menor de edad Waldo Pizarro Sierra. Fueron a una lavandería ubicada en calle Nataniel, en el centro de Santiago a dejar una ropa. Después se dirigieron a una peluquería ubicada en Lo Plaza con Irarrázaval. Padre e hijo se separaron como a las 18:30 horas.
Más tarde, el afectado se juntó con su amigo y militante del Partido Comunista, Fernando Ortiz Letelier.
Cuando ambos, aproximadamente a las 19:00 horas, caminaban por Avenida Larraín, a pocos metros de la Plaza Egaña, de tres vehículos sin patente, descendieron individuos que por sorpresa golpearon violentamente a Fernando Ortiz y a Waldo Pizarro, causándole lesiones. Por días quedaron impactantes manchas de sangre sobre la acera.
Como el afectado trató de defenderse de ese ataque, los sujetos volvieron a golpearlo duramente en la cabeza. Los sujetos portaban capuchas con las que rápidamente cubrieron a ambos apresados, para en seguida introducirlos a uno de los vehículos que utilizaron para esta rápida acción, retirándose del lugar.
De las circunstancias de la detención, se enteró un hijo de Fernando Ortiz, quien el día 17 de diciembre de 1976, estando en casa de su hermana, recibió a una persona de unos 30 años que llegó preguntando si ahí vivía algún familiar de Fernando Ortiz; el hijo de Ortiz, llamado Pablo le indicó que él era su hijo, ante lo cual el hombre le manifestó que debía comunicarle que su padre junto a un señor Pizarro habían sido detenidos el 15 de diciembre de 1976, dándole los detalles de los hechos. Indica Pablo Ortiz que a esa persona era primera vez que lo veía y que después nada supo del mismo; y que éste además le señaló que no podía darle su nombre ni más detalles. Por lo anterior, Pablo Ortiz presumió que este desconocido sabedor de los hechos conocía a ambos afectados.
Desde esa fecha 15 de diciembre de 1976, nada más se supo de Waldo Pizarro, ni de Fernando Ortiz, encontrándose desaparecidos hasta la fecha. (Ver caso de Fernando Ortiz).
Cabe hacer presente que hubo otros testigos quienes por temor no quisieron rendir una declaración jurada sobre los hechos o comparecer ante un Tribunal.
Con posterioridad a la detención del afectado, su familia padeció diversas situaciones de hostigamiento; uno de ellas ocurrió el 25 de diciembre de 1976, a sólo diez días del desaparecimiento, cuando su esposa Sola Sierra recibió en su hogar varios llamados telefónicos de voces femeninas y masculinas que no se identificaron, que con voz sarcástica le desearon Feliz Navidad, para luego insultarla.
Ya en la investigación criminal a cargo de un Ministro en Visita Extraordinaria, rol 2-77, en que se investigó su caso y el de otros de los detenidos del grupo llamado de los trece, el gobierno dio la información que el afectado había salido del país por el paso Los Libertadores el 21 de diciembre de 1976, según información proporcionada por la Policía de Investigaciones. Esta institución policial, señaló al Tribunal de la causa rol 2-77, en tres ocasiones sucesivas aquel hecho de la salida del país, sin pronunciarse de cómo lo hizo en cuanto al medio de locomoción empleado o si lo hizo sencillamente a pie, como se informó en otros casos de este grupo de detenidos desaparecidos.
Con posterioridad, los funcionarios de apellidos Cornejo y Aguirre de esa Policía de Investigaciones, manifestaron que la salida de Waldo Pizarro, conforme a los antecedentes, fue a pie.
Esta información de que salió a pie, no coincidía con aquella que dio el Ministerio del Interior argentino, que decía que Waldo Pizarro ingresó a la Argentina en automóvil, sin registrarse datos del vehículo.
El Subcomisario de la Policía de Investigaciones, interrogado por el ministro Carlos Cerda en el proceso rol 2-77, señaló: "Reconozco como escritas por mí las menciones siete en adelante (refiérese a las menciones "a pie" y a los nombres y datos del viajero de la línea número 8: Mario Poblete Oyarzún, y la del de la línea número 9: Waldo Pizarro Molina) de la hoja de ruta que en fotocopia corre a fs.271, la que también escribí el mismo día 21 de diciembre de 1976 en que fueron llenadas las líneas que preceden. No sé responder a S.S. por qué en los listados de Policía Internacional no aparecen oportunamente incluidas las dos primeras personas de dicho documento; tampoco puedo responder acerca de por qué la cédula de identidad de la línea ocho no corresponde a quien aparece allí como su titular (se refiere a la persona de Mario Poblete Oyarzún) ...niego enfáticamente haber recibido u obedecido órdenes o influencias, sea de superiores o amistades, para incorporar a hojas de rutas ya confeccionadas, nombres de personas que si bien no salieron del país, de esta forma se simularon su egreso...".
Se señala que al menos en el caso de Reinalda Pereira Plaza, este funcionario Infante Lillo de la Policía de Investigaciones, fue encargado reo por el Ministro Cerda como autor del delito de falsificación de instrumento (hoja de ruta).
Hasta la fecha Waldo Ulises Pizarro Molina permanece desaparecido.
Gestiones Judiciales
Fuente: informe corporación
La Corte sólo accedió a oficiar al Ministerio del Interior, y en cuanto a las demás diligencias resolvió no ha lugar, sin perjuicio de lo que se resuelva en la vista del recurso.
Transcurridos más de 20 días de interpuesto el recurso, se certificó la respuesta del Ministerio del Interior: "no se encuentra detenido por orden de ese Ministerio".
En la vista del recurso se decretó como medida para mejor resolver, con la opinión en contra del Ministro Hernán Cereceda, pedir informe al Ministro del Interior sobre si el afectado se encontraba detenido por orden de algún organismo público. La respuesta del Ministro del Interior no se ajustó a lo pedido por la Corte, por lo que ésta ordenó despachar nuevo Oficio a ese Secretario de Estado. Finalmente el Ministro del Interior, General de Ejército Raúl Benavides Escobar, informó que el afectado no registra antecedentes en esa Secretaría, y que no se ha dictado ni se mantiene pendiente resolución alguna del mismo Ministerio que le afecte.
El 21 de marzo de 1977, la Corte rechazó el recurso, pero como en un escrito previo se dieron más antecedentes por la recurrente de cómo ocurrieron los hechos, en el mismo fallo se ordenó que los antecedentes pasaran al Tribunal Pleno.
La Corte de Apelaciones en Pleno con misma fecha, acordó designar al Ministro Aldo Guastavino en Visita Extraordinaria para conocer del caso, y, en consecuencia, pasaron los antecedentes a ese Ministro que ya estaba sustanciado el proceso rol 2-77, por los casos de desaparición de 8 personas, incluyéndose en esa investigación criminal al caso de Waldo Pizarro.
Luego que los respectivos recursos de amparo fueran rechazados, familiares de las víctimas solicitaron a la Excma. Corte Suprema la designación de un Ministro en Visita para que se abocara al conocimiento de los 13 desaparecidos ya nombrados. El Tribunal accedió a lo solicitado, pero limitando el ámbito de investigación a sólo 8 de los casos incluyendo a Waldo Ulises Pizarro, como ya se dijo al poco tiempo de iniciada la investigación se incluyeron dos casos más.
La tramitación de esta causa duró cerca de 13 años y se acumularon en ella 21 tomos con más de 9.000 fojas, y la investigación estuvo a cargo de distintos ministros.
El máximo Tribunal de la República ordena a la Corte de Apelaciones de Santiago que efectúe tal designación, la que recayó en el Ministro Sr. Guastavino, quien luego de requerir informe al Ministerio del Interior -quien informó que los afectados habían hecho abandono del país por un paso cordillerano, hacia la República Argentina- sobreseyó la causa. Dicha resolución fue revocada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al igual que en la segunda oportunidad en que se decretó un nuevo cierre del sumario. Posteriormente el Ministro Carlos Letelier Bobadilla, vino a subrogar al Ministro Guastavino, cerrando el sumario en agosto de 1978, "no pudiendo adelantarse en la investigación".
Dicha resolución fue impugnada por los abogados que hicieron ver al Ministro que sí podía adelantar en la investigación, por existir diligencias pendientes solicitadas y porque del estado del proceso surgirían otras por disponer. Fue así como el Ministro Letelier dejó sin efecto su propia resolución, decretando diligencias.
Más adelante, reasumiendo sus funciones el Ministro Guastavino, decretó sobreseimiento definitivo por aplicación del D.L. 2191 en diciembre de 1980. La Corte de Apelaciones, esta vez, revocó la resolución de cierre del sumario, y el propio Ministro en Visita dejó sin efecto el sobreseimiento decretado, por haberse omitido una formalidad legal. De esta manera continuó la tramitación. Ya en el año 1983 se hizo cargo de continuar la investigación por el "proceso de los trece", el Ministro señor Carlos Cerda Fernández, quien dictó cientos de diligencias, consistentes en citaciones de personas, reconocimientos de lugares y de personas, peritajes, revisión de expedientes criminales, despacho de Oficios recabando informes a servicios del Estado, a ramas de las Fuerzas Armadas, instituciones particulares y otras de vital importancia.
En suma, recibió cerca de 200 testimonios de testigos presenciales de las detenciones de los afectados y de su reclusión en recintos clandestinos. Entre estos testimonios también se contaron los de miembros de las Fuerzas Armadas, que participaron en Servicios de Inteligencia, como asimismo de funcionarios de Carabineros y de Investigaciones, y de algunos civiles que colaboraron con los servicios de seguridad, como es el caso de Otto Trujillo y de Miguel Estay Reyno (El Fanta).
En esta etapa se contó con la declaración del soldado primero de la Fuerza Aérea de Chile, Andrés Valenzuela Morales, que en 1984 desertó de esta Institución, quien mediante su declaración dio cuenta y datos que, a mediados de la década del 70, comenzó a operar un llamado "Comando Conjunto" o "Comando Conjunto Antisubversivo", integrado por miembros de las distintas ramas de las Fuerzas Armadas y de orden, más algunos civiles que pertenecieron a partidos de izquierda y que luego de ser detenidos por los servicios de inteligencia, sometidos a presiones y/o extorsiones, se transformaron en colaboradores.
En este grado de investigación, el Ministro Carlos Cerda llegó a establecer datos valiosos y esclarecedores respecto de otros casos de violaciones de derechos humanos, algunos de ellos de desaparecimiento de personas, disponiendo incluso la remisión de algunas piezas del "proceso de los trece" a otros Tribunales que conocían de causas criminales por ellos.
El Ministro Carlos Cerda dictó durante la tramitación que a él le tocó sustanciar 43 encargatorias de reo; en septiembre de 1983, a dos funcionarios de Investigaciones por los delitos de falsificación de instrumento público, constituido por la hoja de ruta que daba cuenta de la salida del país, y de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y de Edras Pinto Arroyo, y, en septiembre de 1985, a Miguel Estay Reyno (El Fanta) como cómplice en los delitos de ilegítima privación de libertad de Reinalda Pereira Plaza y Edras Pinto Arroyo.
El 14 de agosto de 1986 el Ministro dicta 40 encargatorias de reos por igual número de personas, entre los que se encuentra el ex miembro de la Junta Militar, General del Aire Gustavo Leigh, otros Generales, Oficiales y Suboficiales de Carabineros, Fuerza Aérea y Marina de Chile, detectives de la Policía de Investigaciones y de algunos civiles. Los uniformados eran algunos en servicio activo y otros en retiro a esa fecha.
Cuatro de estos 40 reos presentaron queja por no aplicación de ley de amnistía y la Corte de Apelaciones de Santiago, con fecha 10 de septiembre de 1986, deja sin efecto las encargatorias de reo, no sólo de los cuatro reos que apelaron sino que incluye por Oficio a los otros 36 reos. Este fallo fue confirmado por la Corte Suprema el 6 de octubre del mismo año.
Ante tal resolución el Ministro Cerda resolvió suspender su cumplimiento y representar a la Corte Suprema un escrito fundamentando las razones de su determinación. Enterada de esta situación la Corte Suprema, en Pleno del 8 de octubre de 1986, resolvió aplicar medida disciplinaria de suspensión del cargo por dos meses, con goce de media remuneración, al Ministro Carlos Cerda Figueroa.
Se nombró como suplente al juez Manuel Silva Ibañez quien, el 23 de octubre de 1986 aplicando el D.L.de amnistía, sobreseyó definitivamente el proceso Rol 2-77.
Los familiares de las víctimas apelaron y la Corte de Apelaciones el 10 de junio de 1987 confirmó el fallo del juez Silva. Ante esta situación se presentaron recursos de casación en la forma y en el fondo ante la Corte Suprema, Tribunal que en sentencia del 11 de agosto de 1989 confirmó el sobreseimiento definitivo por amnistía de la causa Rol 2-77 que investigaba la suerte corrida tras la detención de Waldo Pizarro Molina.
Para mejores antecedentes del proceso Rol 2-77 que investiga la suerte de detenidos desaparecidos del año 1976 ver ficha de Reinalda del Carmen Pereira Plaza, detenida el 15 de diciembre de 1976.
Al término del año 1992 familiares de Pizarro Molina a raíz de la reciente detención y encargatoria de reo -por el homicidio de otras víctimas- del ex agente del Comando Conjunto Miguel Estay Reyno "El Fanta", estudiaban la interposición de una nueva querella criminal por su secuestro y todos los otros delitos que se hubieren cometido en su contra. Estay Reyno que hasta 1975, fecha en que fue detenido, había militado en el Partido Comunista, había pasado a ser un agente especializado en la represión a comunistas del mencionado organismo de seguridad.
Conferencia II: Fallo histórico de la Suprema condena a 37 ex agentes de la DINA por secuestro y homicidio de segunda directiva clandestina del PC
adprensa.cl 23/6/2023
Los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra suplente Dobra Lusic y el abogado integrante Diego Munita rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas de los inculpados, anulan fallo de segunda instancia y en sentencia de reemplazo revocaron las absoluciones y confirman todo resuelto en primera instancia por el ministro Miguel Vasquez, condenando a 37 ex agentes de la DINA por los delitos de secuestro calificado, secuestro simple y homicidio.
De esta manera, el máximo tribunal condenó a los jefes de la DINA Juan Hernán Morales Salgado y Pedro Octavio Espinoza Bravo, a la pena de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, como coautores de los delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo; a 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo como coautores de los delitos de secuestro calificado en las personas de Fernando Alfredo Navarro Allendes, Héctor Véliz Ramírez y WALDO Ulises PIZARRO Molina; y a 4 años de presidio menor en su grado máximo como coautor de los delitos de secuestro simple de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo.
Del mismo modo, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Jorge Iván Díaz Radulovich, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos Orlando, Jesús Torrejón Gatica, Víctor Manuel Álvarez Droguett y Carlos Eusebio López Inostroza, fueron condenados como coautores de los delitos de homicidio calificado en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 15 años y 1 día de presidio mayor en su grado máximo.
Por su parte, Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda y Gladys de las Mercedes Calderón Carreño Juvenal Alfonso Piña Garrido, José Alfonso Ojeda Obando, Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, Elisa del Carmen Magna Astudillo, Claudio Orlando Orellana de la Pinta, Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Sergio Hernán Castro Andrade, Orlando Jesús Torrejón Gatica, José Manuel Sarmiento Sotelo, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, Jorge Hugo Arriagada Mora, Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, Carlos Justo Bermúdez Méndez, Carlos Eusebio López Inostroza, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Carlos Enrique Miranda Mesa, Hiro Álvarez Vega, Eduardo Patricio Cabezas Mardones, Camilo Torres Negrier, Celinda Angélica Aspe Rojas, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez Héctor Raúl Valdebenito Araya, Sergio Orlando Escalona Acuña:, Jorge Lientur Manríquez Manterola, José Miguel Meza Serrano, Jorge Iván Díaz Radulovich y Teresa del Carmen Navarro Navarro como coautor de los delitos de secuestro calificado de Fernando Alfredo Navarro Allendes y Héctor Véliz Ramírez, a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio.
Los mismo agentes junto a Luis Alberto Lagos Yáñez fueron condenados además como coautores de los delitos de secuestro simple en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio.
José Alfonso Ojeda Obando también fue condenado como cómplice de los delitos de los homicidios calificados cometidos en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier, don Horacio Cepeda Marinkovic y don Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio . Asimismo, María Angélica Guerrero Soto: fue condenada como autor de los delitos de secuestro simple en las personas de don Juan Fernando Ortiz Letelier y de don Horacio Cepeda Marinkovic, a la pena de 2 años de presidio menor en su grado medio.
Los agentes que habían sido condenados por sentencia de definitiva de primera instancia, respecto de quienes la Corte Suprema omite pronunciamiento sobre sus responsabilidades por su muerte son Ricardo Víctor Lawrence Mires, Hernán Luis Sovino Maturana, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Jorge Laureano Sagardía Monje, Heriberto del Carmen Acevedo, Manuel Antonio Montre Méndez.
El tribunal desechó aplicar la media prescripción consolidando de esta manera una jurisprudencia reiterada y sostenida de la Sala Penal del máximo tribunal, desechando un instituto que favorecía a los violadores de derechos humanos, ya que rebajaba las penas desnaturalizando el castigo.
Reacciones
Para el abogado querellante en este caso Nelson Caucoto, “Siempre será importante saludar un fallo favorable que pone término a un juicio sobre violaciones a los derechos humanos, tanto por la duración de los mismos, como por la respuesta que se entrega a los familiares por su lucha ejemplar buscando la Justicia”.
Señaló que “Este caso denominado Conferencia 2, permitio se descubriera el cuartel de exterminio de la DINA en calle Simón Bolivar, del cual nunca nadie salió vivo y nadie escapo de la brutalidad de la tortura”.
En ese sentido, prosigue Caucoto: “A 50 años del golpe militar, la señal que emite la Sala Penal es que no importa el tiempo que haya pasado desde la ocurrencia de los hechos, igualmente habrá castigo para los culpables de tanta atrocidad. El mensaje de no impunidad que emana de los tribunales chilenos es un potente llamado a no repetir estos crímenes en el futuro”. sostuvo el abogado.
Por su parte, Estela Ortíz, hija de Juan Fernando Ortíz Letelier, profesor universitario y miembro del comité central del PC, quien fue detenido el 15 de diciembre de 1976, expresó que “¿Qué puedo decir después de 47 años y seis meses esperando que la Justicia estableciera la verdad sobre la muerte de mi padre? Puedo decir que el fallo describe tormentos que para mí son indecibles e impensables, pero que fueron reales. Señala que se trata de un crímen de lesa humanidad, que lo mataron a él y a sus compañeros por considerarlos enemigos ideológicos de la dictadura que eliminaba a quienes pensaban distinto. Lo ocurrido en Chile fue grave, tan grave que el fallo se afirma en los juicios de Nuremberg”, sostuvo.
“Puedo decir que nuestras familias han logrado la verdad judicial después de 47 años y seis meses. Todavía quedan cerca de 1.500 causas abiertas por graves violaciones de derechos humanos entre 1973 y 1990 que esperan una respuesta. Hasta cuándo mantendrán el silencio cómplice que nos enferma. Cumplan con su deber”, finalizó.
Gobierno pide investigar remoción de restos en Cuesta Barriga
PRIMERA LÍNEA - 18 de octubre 2001
Si es acogida la solicitud del Programa, se abrirá un nuevo frente de investigación, pues el mandato que otorgó la Corte Suprema a Héctor Carreño y Amanda Valdovinos -a cargo de la búsqueda de veinte cuerpos en el Fuerte Arteaga- fue sumamente restrictivo desde el minuto que los designó como jueces especiales, pues sólo les comisionó confirmar la veracidad de la información de la Mesa de Diálogo y encontrar los cuerpos que estarían en esas coordenadas, pero nada les dijo sobre esclarecer las circunstancias de las desapariciones investigadas.
Así, a diez meses de esta resolución, sólo ha habido avances en materia de hallazgo de osamentas. De hecho, desde que el 9 de enero comenzó la investigación en el socavón de la mina Los Bronces, ubicada en el kilómetro 12 de la Cuesta Barriga, el proceso se ha visto enturbiado por las limitaciones impuestas por el máximo tribunal.
De acuerdo a los familiares de las víctimas de Cuesta Barriga no se puede pretender encontrar cuerpos, identificarlos y luego dejar el caso botado. Aseguran que todo juez debe tener como principal misión la verdad y la justicia y, en ese plano, determinar quiénes fueron los culpables de los crímenes de 1976 y quiénes removieron sus cuerpos. Por ello, anticipan que si falla la presentación del Programa presentarán querellas para determinar la remoción de restos de sus parientes, la que aseguran se efectuó, con 90 por ciento de certeza, en 1987.
La remoción de 1987
Una pieza fundamental para investigar la remoción de restos será la información proporcionada por dos testigos a Investigaciones y el mismo tribunal, que declararon que en 1987 camiones del Ejército recorrieron la zona y realizaron operativos, trasladando bultos.
Esta tesis cobra fuerza, porque los peritajes de los expertos del Servicio Médico Legal han determinado que los cuerpos fueron exhumados entre cinco a diez años después de su entierro, lo que queda en evidencia porque los restos que permanecieron en la mina corresponden a aquellos que caen libremente al moverse y no presentan las fracturas propias de un cadáver que no está en avanzado proceso de descomposición.
Si a ello se suma que el propio ex almirante Jorge Arancibia, cuando se desempeñaba como comandante en jefe de la Armada confirmó que la información de restos en Cuesta Barriga fue entregada por su institución, las posibilidades que el juez Carreño inicie una investigación en esa área pone como principales inculpados -nuevamente- a miembros de las Fuerzas Armadas.
Para los familiares de las víctimas estos antecedentes son tan contundentes que ameritan solicitar al Ejército que informe sobre estos trabajos y rompa -parcialmente- el secreto que ofreció la Mesa de Diálogo a las personas que entregaron estos datos, pues en su opinión tendrían alguna participación en el delito de exhumación y remoción de cuerpos.
Entre los familiares existe la creencia que la totalidad de los restos de sus padres y hermanos jamás serán encontrados, pues señalan que luego de remover los restos la práctica habitual fue dinamitarlos o destruirlos y, muy difícilmente se realizaron en ese período operativos para lanzar cuerpos al mar.
Lenta identificación
Mientras los familiares de los desaparecidos aguardan con ilusión el resultado de la diligencia solicitada por el Programa, el Servicio Médico Legal comenzó la larga tarea de establecer la identidad de las osamentas, que de acuerdo al organismo corresponderían al menos a diez personas.
Las 200 piezas encontradas sólo han permitido a la fecha tener certeza de la identidad de dos personas: Horacio Cepeda y Fernando Ortiz, gracias a la comparación de las piezas dentales con radiografías que guardaban sus familiares, aunque sus restos deberán ser evaluados como todos los demás con pruebas de ADN, investigación que se extenderá al menos por un año. Ello, pese a que los familiares esperan que el trámite sea más corto de lo previsto, considerando que se chequearon grupos de osamentas comunes para facilitar los peritajes.
El informe de la mesa de diálogo sólo consigna que en la Cuesta estarían los cuerpos de Lincoyán Yalu Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Luis Segundo Lazo Santander, Luis Segundo Fernando Alfredo Navarro Allendes, Juan Fernando Ortíz Letelier y Héctor Véliz Ramírez, todos ellos detenidos el 13 de diciembre de 1976.
Pero las agrupaciones de derechos humanos y el Informe de la Comisión Rettig suman los nombres de Santiago Edmundo Araya Cabrera (detenido el 29 de noviembre de 1976), Armando Portilla (detenido el 9 de diciembre de 1976), Reinalda del Carmen Pereira Plaza y Waldo Ulises Pizarro Molina, detenidos en el operativo del 13 de diciembre de 1976; Lizandro Tucapel Cruz Díaz y Carlos Patricio Durán González, ambos apresados el 18 de diciembre de 1976; y Edras de las Mercedes Pinto Arroyo, arrestado el 20 de diciembre de 1976.
A la fecha los informes forenses han establecido "acercamientos" a las identidades de Héctor Véliz, Alfredo Navarro, Luis Lazo y Lincoyán Berríos, pues sus antecedentes médicos presentan importantes correspondencias con las piezas óseas periciadas en el Servicio Médico Legal. También se menciona a Lizandro Cruz y Carlos Durán que se encuentran entre las víctimas del Movimiento de Izquierda Revolucionario ( MIR )
Encuentran nuevas Osamentas en Fuerte Arteaga
PRIMERA LÍNEA - 19 de julio 2001
Caucoto: "Son del Comando Conjunto"
El abogado Nelson Caucoto dijo a La Voz que todos los restos que puedan ser ubicados en el sector de Colina corresponden a víctimas del denominado Comando Conjunto.
Según el Informe Rettig, algunas de las personas desaparecidas son Humberto Fuentes Rodríguez, Luis Moraga Cruz, Ricardo Weibel Navarrete (identificado), Ignacio González Espinoza (identificado), Miguel Rodríguez Gallardo, Nicomedes Toro Bravo, José Sagredo Pacheco, Carlos Contreras Maluje, Juan René Orellana, Luis Emilio Maturana y Juan Gianelli Company, Fernando Navarro Allendes, Horacio Cepeda Marinkovic, Lincoyán Berrios Cataldo, Juan Fernando Ortiz Letelier, Waldo Pizarro Molina, Héctor Veliz Ramírez, Luis Lazo Santander y Reinalda Pereira Plaza, entre otros.
Por esto, el profesional considera "poco eficiente" el sistema de designación de jueces especiales que realizó la Corte Suprema a petición del gobierno. "El sistema ha provocado confusión, porque sin duda que se avanza más con un ministro a cargo de casos específicos".
Acogen nueva querella contra jefes de FFAA
LA TERCERA - 20 febrero 2001
La acción legal acogida ayer explicita varios casos en los que hay contradicción con lo aportado por los uniformados. Uno de ellos sería la situación de Waldo Pizarro, el marido de la fallecida presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos AFDD), Sola Sierra, quien según las Fuerzas Armadas fue ejecutado a día siguiente de su detención y luego sus restos fueron lanzados al mar. Sin embargo, antecedentes recopilados por organismos como la Vicaría de la Solidaridad revelan que Pizarro estuvo a lo menos un mes en Villa Grimaldi.
La acción legal presentada por la abogada Arriaza pretende no sólo descubrir las contradicciones en la información, sino también perseguir la presunta responsabilidad en la omisión de datos. A la vez, los querellantes miran con sospecha el hecho de que cuando al gobierno ha pedido precisar información a las Fuerzas Armadas en la búsqueda de desaparecidos -como en Cuesta Barriga y Colina- los uniformados han clarificado sus antecedents
Referencias
- 1Museo de la Memoriahttps://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=1859
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