Miguel Ángel Zavala Gallegos
Chofer Microbus — 24 años.
Antecedentes
EstadoComisión Valech-Rettig Violación de Derechos Humanos
Fecha8 de septiembre de 1983
LugarSan Miguel, Santiago, RM Metropolitana
Edad24 años
OcupaciónChofer Microbus
MilitanciaSin Militancia
Miguel Ángel Zavala Gallegos
Chofer Microbus — 24 años.
Resumen del caso
Miguel Ángel Zavala Gallegos, chofer de microbús de 24 años, falleció el 8 de septiembre de 1983 tras recibir un disparo en el tórax durante la Quinta Jornada de Protesta Nacional en San Miguel. El incidente ocurrió en la Población La Victoria, donde la Comisión determinó que agentes del Estado violaron su derecho a la vida mediante el uso excesivo de la fuerza policial.
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Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]
El día 8 de septiembre de 1983, en el marco de la Quinta Jornada de Protesta Nacional, se produjeron nueve muertes:
Miguel Angel ZAVALA GALLEGOS, de 24 años de edad, era chofer de buses. Murió a causa de una herida a bala que le atravesó el tórax, en momentos que se produjo un incidente entre pobladores y fuerzas policiales en la Población La Victoria (Santiago).
Testigos presenciales afirmaron que efectivos de Carabineros hicieron uso de sus armas de fuego. Carabineros señala que en ese lugar no había fuerza pública y que los disparos provinieron de civiles que se movilizaban en un vehículo sin patente.
A esta Comisión no le resulta verosímil la versión oficial en atención a las declaraciones de los testigos y los antecedentes sobre el procedimiento general empleado en las manifestaciones colectivas por parte de las fuerzas policiales. Por tanto, presume que los agentes del Estado violaron el derecho a la vida de Miguel Zavala, al hacer uso excesivo de la fuerza.
Oscar Julio RAMIREZ GONZALEZ, de 23 años, se desempeñaba como encuadernador en una imprenta. Falleció a causa de un impacto de bala que le atravesó el tórax, cuando participaba en manifestaciones de protesta en la Población Juan Antonio Ríos (Santiago).
Declaraciones de Carabineros en el proceso judicial respectivo reconocen la actuación en el lugar de furgones, buses y piquetes de efectivos de su institución, pero niegan haber hecho uso de sus armas de fuego.
Con todo, por testimonios múltiples, verosímiles y coincidentes, a esta Comisión le asiste la convicción que agentes del Estado presumiblemente pertenecientes a Carabineros utilizaron sus armas de servicio excediéndose en el uso de la fuerza, violando así el derecho a la vida de Oscar Julio Ramírez.
Robinson RAMIREZ RUBIO tenía 24 años de edad y trabajaba como obrero del Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH).
La noche del 8 se realizaron manifestaciones callejeras en el sector de calle Zapadores con Recoleta (Santiago). Diversas versiones recibidas en la Comisión dan cuenta de que los manifestantes huyeron al hacerse presentes funcionarios de Carabineros. En ese contexto hubo disparos con armas de fuego, uno de los cuales lo impactó provocándole la muerte.
Los antecedentes recibidos no permiten precisar quién efectuó el disparo mortal, pero llevan a la Comisión a presumir que se trató de particulares con motivos políticos, quienes violaron el derecho a la vida de Robinson Ramírez. Existen indicios de que tales particulares actuaron amparados por agentes del Estado.
– María Elena RODRIGUEZ RODRIGUEZ tenía 27 años y trabajaba como comerciante ambulante.
El 8 de septiembre al mediodía, en calle Serrano (Valparaíso), un grupo manifestantes realizaba una marcha de adhesión a la Protesta Nacional. En el mismo lugar un funcionario de Carabineros que se dirigía a su domicilio detuvo a una persona que distribuía panfletos. Testigos del hecho señalaron: «a pocos pasos el detenido se fugó. El policía desenfundó su arma y disparó hiriéndolo en el hombro; pero, al salir, el proyectil dio muerte a la vendedora ambulante María Rodríguez que se encontraba en las inmediaciones».
Por su parte, Carabineros afirmó: «una poblada de aproximadamente cincuenta personas trató de quitarle al detenido, quien golpeó al policía para escaparse. Al verse amenazado, el carabinero sacó su revolver con el que trató de golpear al detenido y en ese momento se le escapó un tiro. La bala atravesó el hombro del detenido y, en forma simultánea, impactó a María Elena Rodríguez, quien en ese momento pasaba por el lugar».
Los antecedentes expuestos permiten a esta Comisión formarse convicción que María Elena Rodríguez fue víctima inocente de la violencia política del período.
Carlos de la Cruz ITURRA CONTRERAS tenía 25 años y estudiaba en el Instituto Nacional de Capacitación Profesional (Inacap).
En la noche de ese día, durante manifestaciones de protesta en las cercanías de calle Paicaví (Concepción), personas que se movilizaban en un automóvil sin patente hicieron disparos con arma de fuego, hiriéndolo. Falleció al día siguiente por heridas a bala.
En atención a los elementos expuestos, a esta Comisión le asiste la convicción que Carlos Fernando Iturra murió víctima de violación a los derechos humanos de responsabilidad de particulares que actuaron bajo pretexto político.
Oscar Omar DURAN TORRES tenía 17 años y trabajaba como artesano.
La noche del 8, mientras se realizaban manifestaciones antigubernamentales en la población La Pincoya (Santiago), fue gravemente herido con arma blanca. Falleció posteriormente, tras seis infructuosas intervenciones quirúrgicas.
Versiones de testigos, y de él mismo antes de morir, afirman que los autores de las heridas fueron agentes del Estado que lo castigaron con un yatagán.
En consideración a estos antecedentes, a esta Comisión le asiste la convicción que Oscar Omar Durán fue ejecutado por agentes del Estado, quienes violaron gravemente sus derechos humanos.
Nelson Fernando GOMEZ ESPINOZA tenía 19 años de edad y se desempeñaba como obrero.
El día 9 de septiembre se produjeron incidentes y manifestaciones en diversos lugares, como continuación de la Quinta Jornada de Protesta Nacional. En la noche de ese día, cuando se encontraba en calle La Granja a la altura de calle Bolivia (Santiago), recibió un impacto de bala de origen desconocido que le provocó la muerte horas después.
Los antecedentes específicos del caso y las circunstancias generales que caracterizaron este período permiten a esta Comisión formarse convicción que Nelson Fernando Gómez perdió la vida víctima de la violencia política.
Jorge Sebastián ARELLANO MUÑOZ, de 20 años de edad, obrero en el Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH), falleció a causa de heridas a bala, cerca de la medianoche del 9 de septiembre en el campamento Tricolor (Santiago).
Múltiples y concordantes testimonios señalan que por el lugar pasaron civiles, presumiblemente partidarios del gobierno del momento, realizando disparos con armas de fuego desde vehículos en marcha.
A esta Comisión le asiste la convicción que particulares que actuaron bajo pretexto político, dieron muerte a Jorge Sebastían Arellano, violando sus derechos humanos.
Miguel Angel ZAVALA GALLEGOS, de 24 años de edad, era chofer de buses. Murió a causa de una herida a bala que le atravesó el tórax, en momentos que se produjo un incidente entre pobladores y fuerzas policiales en la Población La Victoria (Santiago).
Testigos presenciales afirmaron que efectivos de Carabineros hicieron uso de sus armas de fuego. Carabineros señala que en ese lugar no había fuerza pública y que los disparos provinieron de civiles que se movilizaban en un vehículo sin patente.
A esta Comisión no le resulta verosímil la versión oficial en atención a las declaraciones de los testigos y los antecedentes sobre el procedimiento general empleado en las manifestaciones colectivas por parte de las fuerzas policiales. Por tanto, presume que los agentes del Estado violaron el derecho a la vida de Miguel Zavala, al hacer uso excesivo de la fuerza.
Oscar Julio RAMIREZ GONZALEZ, de 23 años, se desempeñaba como encuadernador en una imprenta. Falleció a causa de un impacto de bala que le atravesó el tórax, cuando participaba en manifestaciones de protesta en la Población Juan Antonio Ríos (Santiago).
Declaraciones de Carabineros en el proceso judicial respectivo reconocen la actuación en el lugar de furgones, buses y piquetes de efectivos de su institución, pero niegan haber hecho uso de sus armas de fuego.
Con todo, por testimonios múltiples, verosímiles y coincidentes, a esta Comisión le asiste la convicción que agentes del Estado presumiblemente pertenecientes a Carabineros utilizaron sus armas de servicio excediéndose en el uso de la fuerza, violando así el derecho a la vida de Oscar Julio Ramírez.
Robinson RAMIREZ RUBIO tenía 24 años de edad y trabajaba como obrero del Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH).
La noche del 8 se realizaron manifestaciones callejeras en el sector de calle Zapadores con Recoleta (Santiago). Diversas versiones recibidas en la Comisión dan cuenta de que los manifestantes huyeron al hacerse presentes funcionarios de Carabineros. En ese contexto hubo disparos con armas de fuego, uno de los cuales lo impactó provocándole la muerte.
Los antecedentes recibidos no permiten precisar quién efectuó el disparo mortal, pero llevan a la Comisión a presumir que se trató de particulares con motivos políticos, quienes violaron el derecho a la vida de Robinson Ramírez. Existen indicios de que tales particulares actuaron amparados por agentes del Estado.
– María Elena RODRIGUEZ RODRIGUEZ tenía 27 años y trabajaba como comerciante ambulante.
El 8 de septiembre al mediodía, en calle Serrano (Valparaíso), un grupo manifestantes realizaba una marcha de adhesión a la Protesta Nacional. En el mismo lugar un funcionario de Carabineros que se dirigía a su domicilio detuvo a una persona que distribuía panfletos. Testigos del hecho señalaron: «a pocos pasos el detenido se fugó. El policía desenfundó su arma y disparó hiriéndolo en el hombro; pero, al salir, el proyectil dio muerte a la vendedora ambulante María Rodríguez que se encontraba en las inmediaciones».
Por su parte, Carabineros afirmó: «una poblada de aproximadamente cincuenta personas trató de quitarle al detenido, quien golpeó al policía para escaparse. Al verse amenazado, el carabinero sacó su revolver con el que trató de golpear al detenido y en ese momento se le escapó un tiro. La bala atravesó el hombro del detenido y, en forma simultánea, impactó a María Elena Rodríguez, quien en ese momento pasaba por el lugar».
Los antecedentes expuestos permiten a esta Comisión formarse convicción que María Elena Rodríguez fue víctima inocente de la violencia política del período.
Carlos de la Cruz ITURRA CONTRERAS tenía 25 años y estudiaba en el Instituto Nacional de Capacitación Profesional (Inacap).
En la noche de ese día, durante manifestaciones de protesta en las cercanías de calle Paicaví (Concepción), personas que se movilizaban en un automóvil sin patente hicieron disparos con arma de fuego, hiriéndolo. Falleció al día siguiente por heridas a bala.
En atención a los elementos expuestos, a esta Comisión le asiste la convicción que Carlos Fernando Iturra murió víctima de violación a los derechos humanos de responsabilidad de particulares que actuaron bajo pretexto político.
Oscar Omar DURAN TORRES tenía 17 años y trabajaba como artesano.
La noche del 8, mientras se realizaban manifestaciones antigubernamentales en la población La Pincoya (Santiago), fue gravemente herido con arma blanca. Falleció posteriormente, tras seis infructuosas intervenciones quirúrgicas.
Versiones de testigos, y de él mismo antes de morir, afirman que los autores de las heridas fueron agentes del Estado que lo castigaron con un yatagán.
En consideración a estos antecedentes, a esta Comisión le asiste la convicción que Oscar Omar Durán fue ejecutado por agentes del Estado, quienes violaron gravemente sus derechos humanos.
Nelson Fernando GOMEZ ESPINOZA tenía 19 años de edad y se desempeñaba como obrero.
El día 9 de septiembre se produjeron incidentes y manifestaciones en diversos lugares, como continuación de la Quinta Jornada de Protesta Nacional. En la noche de ese día, cuando se encontraba en calle La Granja a la altura de calle Bolivia (Santiago), recibió un impacto de bala de origen desconocido que le provocó la muerte horas después.
Los antecedentes específicos del caso y las circunstancias generales que caracterizaron este período permiten a esta Comisión formarse convicción que Nelson Fernando Gómez perdió la vida víctima de la violencia política.
Jorge Sebastián ARELLANO MUÑOZ, de 20 años de edad, obrero en el Programa Ocupacional para Jefes de Hogar (POJH), falleció a causa de heridas a bala, cerca de la medianoche del 9 de septiembre en el campamento Tricolor (Santiago).
Múltiples y concordantes testimonios señalan que por el lugar pasaron civiles, presumiblemente partidarios del gobierno del momento, realizando disparos con armas de fuego desde vehículos en marcha.
A esta Comisión le asiste la convicción que particulares que actuaron bajo pretexto político, dieron muerte a Jorge Sebastían Arellano, violando sus derechos humanos.
Referencias
- 1Museo de la Memoriahttps://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=445
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DondeEstan.cl (2026). Miguel Ángel Zavala Gallegos. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/miguel-angel-zavala-gallegos. Fuentes originales: Museo de la Memoria (https://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=445).