Miguel Ángel Sandoval Rodríguez
Sastre — 26 años.
Antecedentes
Miguel Ángel Sandoval Rodríguez
Sastre — 26 años.
Resumen del caso
Miguel Ángel Sandoval Rodríguez, sastre de 26 años y militante del MIR, fue detenido por agentes de seguridad el 7 de enero de 1975 en la vía pública de Santiago. Tras su captura, fue visto por testigos en el centro de torturas Villa Grimaldi en precarias condiciones físicas, permaneciendo desaparecido desde entonces.
Foto: Museo de la Memoria y los Derechos Humanos (Chile)
Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]
El 7 de enero de 1975 fue detenido en Santiago el militante del MIR Miguel Angel SANDOVAL RODRIGUEZ. Algunos días después, agentes civiles armados allanaron su domicilio.
El detenido desapareció en poder de la DINA. Hay testimonios que dan cuenta de su presencia en el recinto de Villa Grimaldi.
La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.
MemoriaViva[2]
Relatos de los Hechos
Miguel Angel Sandoval Rodríguez, casado, sastre, militante del MIR, fue detenido el 7 de enero de 1975 por agentes de seguridad, en la vía pública. Había salido de su casa a las 12:00 horas y había indicado que regresaría a las 15:00 horas. Desde ese día no regresó más a su hogar.
Quince días después, a las 02:30 hrs. de la madrugada y durante el toque de queda, un grupo de civiles armados que no se identificaron, pero que informaron que eran miembros de las Fuerzas Armadas, procedieron a allanar la casa que arrendaba la familia de Sandoval, llevándose documentación que encontraron en la pieza del afectado y un baúl que pertenecía al dueño de la vivienda. Estos civiles se movilizaban en una camioneta verde, sin patente.
Según testimonio de detenidos en el centro de torturas de Villa Grimaldi, el afectado fue visto allí, en muy malas condiciones físicas. Villa Grimaldi era un centro de torturas administrado por la DINA que funcionaba en la avenida Arrieta 8.200 en Peñalolén, comuna de La Reina, en la zona oriente de Santiago.
María Teresa de Jesús Villalobos Díaz, estudiante de electrónica, que estuvo detenida sin cargos, entre el 14 de enero de 1975 y el 10 de septiembre de 1976, declaró el 13 de septiembre de 1976: "...me tuvieron 14 días en la Villa Grimaldi. Mientras permanecí allí nos levantaban a las 05:00 horas, casi todos los días vi a través de la venda como llevaban a los hombres al baño, con la vista vendada, tocándose el hombro unos con otros, y un guardia fustigándolos. Vi allí a varias personas cuya identificación es Miguel Angel Sandoval, Patricio Urbina Chamorro, Julio Flores Pérez, Alfredo García Vega, el esposo de Sonia Ríos, quien estaba en mi pieza. Todas esas personas están desaparecidas."
Por su parte, Raúl Flores Castillo, declara que el día 7 de enero de 1975 fue detenido y conducido a Villa Grimaldi, donde permaneció hasta el 14 de enero, fecha en que fue trasladado al Campo de Detenidos de Tres Alamos. En su testimonio del 22 de noviembre de 1976 declara: "Llegamos a un lugar desconocido y que después supe era la Villa Grimaldi. Me sacaron del auto, siempre con los ojos con scotch, y me tomaron mis datos personales, me cambiaron el scotch por una venda y fui conducido en medio de golpes y puntapiés a una parte de la Villa llamada las casas Corvi. Estas eran unas celdas que tenían como máximo de ancho 1,20 cms por 1,20 cms. En la celda que me metieron ya había otras cuatro personas. Apenas cabíamos de pie."
Más adelante señala: "Entre el día 10 u 11 de enero, llevan a mi celda, en las casas Corvi, a Miguel Angel Sandoval Rodríguez, actualmente desaparecido. Estaba mal físicamente, lo habían golpeado mucho. Me decía que ojalá pudiéramos salir pronto de esto y llegáramos a Cuatro Alamos. El domingo 12 de enero, nos sacan a todos a almorzar al patio de la Villa y nos permiten sacarnos las vendas. En esta oportunidad veo a varias personas, entre ellas nuevamente veo a Miguel Angel Sandoval R...."
El nombre de Miguel Angel Sandoval figura en la lista publicada en la revista argentina LEA, de julio de 1975, de 60 chilenos que habrían muerto en diversos países. Esta publicación no tiene editor ni propietario responsable y no fue posible establecer el origen de esta noticia. Una publicación de similares características, con otra nómina de 59 personas, figura en el diario O'DIA de Curitiba, Brasil. Estas 119 personas habían desaparecido, después de haber sido detenidas, entre los meses de junio de 1974 y febrero de 1975, y la mayoría de ellas vistas en recintos secretos de detención de la DINA.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, en Oficio reservado N°512 del 30 de octubre de 1975 y firmado por Enrique Cid Coubles, Mayor de Ejército, de la Secretaría de Derechos Humanos, informó a los Juzgados del Crimen que lo solicitaron que: "No hay antecedente oficial alguno de que las personas nombradas en las nóminas publicadas en "LEA" y en O'DIA hayan fallecido en el extranjero". Y agrega: "Las autoridades de los países, en que de acuerdo a las publicaciones, habrían ocurrido los hechos, nada han informado sobre el particular."
El general Pinochet al referirse a estas publicaciones declaró a El Mercurio el 21 de agosto de 1975, que estas eran: "otra forma artera de atacarnos, buscando siempre causar daños y una mala imagen de Chile".
A pesar de las gestiones realizadas por su familia, Miguel Angel Sandoval Rodríguez se encuentra desaparecido desde que fuera detenido el 7 de enero de 1975, por la DINA.
Gestiones Judiciales
Fuente: informe corporación
El Coronel Hernán Ramírez Ramírez, por orden de la Jefatura en Estado de Sitio respondió a esta consulta señalando que "esta(s) persona(s) no se le(s) instruye causa en el II Juzgado Militar ni se encuentra(n) detenida(s)...".
Respuestas similares del Ministro del Interior y del Secretario del Comando de Combate de la Fuerza Aérea de Chile, fueron recibidas por la Corte.
El 10 de abril de 1975 la Corte decidió oficiar al Juzgado del Crimen para que investigue la posible comisión de un delito en el hecho objeto del amparo.
El 14 de abril de 1975 se rechaza el recurso de amparo y se envían los antecedentes al Juzgado del Crimen respectivo.
El 21 de abril del mismo año, el juez titular del Octavo Juzgado del Crimen ordena abrir sumario según causa rol 12.005.
El detective Primero, Mario Rojas Mercado, de la Octava Comisaría Judicial presentó el parte 5696 del 7 de junio de 1975, en el que da cuenta de las investigaciones realizadas: interrogatorios a Teolinda Sandoval R., hermana del afectado; consultas al Instituto Médico Legal, Cárcel Pública, Registro Civil y "Otras indagaciones efectuadas (que) no han permitido hasta este momento la ubicación del desaparecido".
Habiendo aparecido en los diarios El Mercurio y La Segunda del 23 y 24 julio "listas de ciudadanos chilenos que habrían muerto en diversos países sudamericanos", en las que figuraba Miguel Angel Sandoval, se solicitó información al Ministerio de Relaciones Exteriores, la que fue remitida según se ha señalado antes.
El 28 de noviembre de 1975 se declaró el sobreseimiento temporal de la causa teniendo presente: "que no se encuentra completamente acreditado en autos, la existencia del delito denunciado...".
El 15 de enero de 1976, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el sobreseimiento temporal de la causa rol 12.005.
Los familiares de Miguel Angel Sandoval realizaron consultas en el campo de detenidos de Tres Alamos, en SENDET, en el Ministerio de Defensa, en el Registro Civil (para verificar si existe certificado de defunción), la Cruz Roja Internacional y hospitales sin obtener ninguna información sobre el afectado.
Manuel Contreras fue notificado y ex DINA comenzaron a cumplir condenas
28 de Enero 2005 El Mostrador
calificado del mirista Miguel Ángel Sandoval.
En un caótico proceso, el ministro en visita que sustanció el caso, Alejandro Solís, debió ordenar la detención del militar luego que éste declinara presentarse en el tribunal.
Fue por ello que efectivos del Departamento Quinto de la Policía de Investigaciones se trasladaron hasta el domicilio del retirado militar, en el sector alto de la comuna de Peñalolén, para
aprehenderlo y trasladarlo al Palacio de Tribunales.
Sin embargo, la diligencia se dilató, al menos por dos horas, luego que Contreras se negara a ser aprehendido y sacara un arma desde un escritorio, tras lo cual fue conducido al cuartel
Borgoño de la Policía de Investigaciones para consignar el incidente.
El incidente hizo recordar el episodio de 1995, cuando Contreras se negó a presentarse ante los tribunales para ser notificado por su condena por el homicidio del ex canciller
Orlando Letelier, perpetrado en Washington.
En esa oportunidad, el ex militar se atrincheró, protegido por numerosos guardaespaldas, en una finca de Osorno, desde la que huyó subrepticiamente para reaparecer, tras varios días de tensión, internado en un Hospital Naval.
Incidente en domicilio
Versiones radiales indicaron que el traslado al recinto se debió a que el citado alto oficial intentó hacer uso de un arma de fuego que estaba en su escritorio, pero fue reducido y llevado a la sede policial.
Su abogado, Juan Carlos Manns, desmintió el hecho, acusando al responsable del operativo, el prefecto Rafael Castillo, de propiciar un violento incidente. Según el profesional, primero se acordó una "medida alternativa" para efectuar una entrega "sin tanto escándalo" al mediodía.
Posteriormente, y cuando Contreras "se despedía en la puerta de su casa del general Carter -su yerno-, Castillo hizo un ademán y entraron 25 personas (policías) cuando la puerta estaba abierta, destruyendo cuanta cosa había, golpeando a las hijas, sobrinas y yernos" de su cliente, "al que tomaron en forma violenta sin que haya mediado ninguna oposición".
Manns negó que su representado haya usado un arma de fuego y reveló que el episodio fue registrado en audio por el programa de Chilevisión El Termómetro, cuya producción había llamado telefónicamente en ese momento al retirado militar.
Una grabación en video divulgada por TVN, si bien no aclara del todo los hechos, como el uso de un arma de fuego ni el origen del altercado, ratifica que hubo conversaciones. Sin embargo -se explicó en el noticiario-, la plática de los policías con Contreras y su entorno no habría correspondido a una negociación, sino a una coartada para lograr su detención.
Tras su paso por el cuartel Borgoño, el general (R) fue trasladado hasta la oficina del ministro Solís, para cumplir con la mentada notificación. Allí, decenas de personas apostadas en la esquina de las calles Compañía y Morandé intentaron agredirlo lanzando agua y un sinfín de elementos contundentes, a su ingreso y salida.
Fallida diligencia
El mismo Manns concurrió a tribunales pasadas las 09:30 horas - 60 minutos más tarde del plazo estipulado para su cliente- para notificarse en calidad de apoderado, pero el juez rechazó la curiosa sugerencia.
Más temprano, acudieron a conocer sus condenas varios ex miembros de la cúpula de la DINA, entre ellos, el brigadier (R) Miguel Krassnoff (10 años), coronel (R) Marcelo Moren Brito (10 años), brigadier (R) Fernando Laureani (5 años, como cómplice) y el teniente coronel (R) de Carabineros Gerardo Godoy (5 años, como cómplice, que irá a Punta Peuco).
Los militares retirados fueron trasladados en conjunto al penal Cordillera, ubicado en las ex dependencias del ex comando de Telecomunicaciones del Ejército, en un carro celular de
Gendarmería, hasta donde debe llegar también Contreras.
El fallo del juez Solís -del 17 de noviembre pasado- se trató del primero en que la Corte Suprema se pronunció sobre el secuestro calificado, ratificando las condenas y descartando la ley de amnistía.
Juez Solís ordena detención de Manuel Contreras
28 de enero 2005 La Nacion
Hasta el recinto "Club de Campo Norte", ubicado en el número 316 de la calle Alvaro Casanova, llegaron, cerca de las nueve de la mañana, seis vehículos de la Policía Civil que esperan el arribo de oficiales de esa institución con la orden de detención del ex jefe de la policía política de la primera etapa de de la dictadura. A las diez con 25 minutos arribaron al lugar otros tres automóviles con efectivos civiles.
El acceso principal al condominio del sector alto de Santiago está restringido por personal de Carabineros quienes sólo han permitido el ingreso a los equipos policiales y a familiares del retirado general.
El hecho se asemeja a la situación de 1995, cuando Contreras atrincheró en un fundo de la Décima Región ante la notificación de su condena por el crimen del ex canciller Orlando Letelier.
Sus colaboradores ya van a la cárcel
A las 8 de la mañana, y tal como estaba señalado, habían llegado hasta la sede de justicia los otros cuatro condenados en la histórica sentencia, dictada por el juez Alejandro Solís y luego ratificada en forma unánime por la Segunda Sala en lo Penal de la Corte Suprema, que desplazó a la ley de amnistía al considerar el secuestro como un delito permanente.
Además de Contreras, comienzan a cumplir hoy su pena, el ex jefe del Grupo Halcón de la DINA, brigadier (r) Miguel Krassnoff, 10 años de cárcel; el ex jefe de Villa Grimaldi, brigadiero (r) Marcelo Moren Brito (11 años); el ex jefe del Grupo Vampiro, coronel (r) Fernando Laureani (5 años); y el ex agente Gerardo Godoy (5 años).
Fuertemente custodiados por gendarmes y protegidos por un cerco de Carabineros que mantenía a distancia a casi 200 familiares de víctimas de la dictadura, que gritaban en contra de los ex agentes, Krassnoff, Moren Brito y Laureani, fueron subidos a dos vehículos de Gendarmería para ser trasladados hasta el penal "Cordillera", en la comuna de Peñalolén; mientras que Godoy, el único Carabinero de la lista, fue llevado, en otro carro celular, al penal de Punta Peuco al norte de la capital.
La Segunda Sala en lo Penal, en un dictamen considerado histórico al sentar jurisprudencia en la tramitación de causas referidas a violaciones a los derechos humanos, mantuvo en noviembre del año pasado la sentencia del juez Solís y de la Corte de Apelaciones, en que se acusó a los cinco del crimen de Sandoval Rodríguez.
El Decreto Ley de Amnistía de 1978, que fue dictado bajo el régimen de Augusto Pinochet (1973-1990), plantea la exoneración de responsabilidades penales de todos aquellos agentes del Estado involucrados en atropellos a las garantías constitucionales perpetradas entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 marzo de 1978.
UN SASTRE DEL MIR
Miguel Angel Sandoval Rodríguez, un sastre de 26 años y que militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 7 de enero de 1975 en Santiago. Sus familiares informaron que el afectado salió de su casa al mediodía y que les señaló que regresaría a las tres de la tarde. Sin embargo nunca volvió. Según testimonios de personas que estuvieron detenidas en Villa Grimaldi, fue visto por última vez en este lugar de reclusión secreto en muy malas condiciones.
Quince días después de su detención, a las 02:30 de la madrugada, civiles armados allanaron su casa, llevándose documentación.
Luego, Sandoval apareció en la lista de 60 chilenos que habrían muerto en diversos países que fue publicada por la revista argentina Lea en julio de 1975. Este medio no tuvo más ediciones y en ella no se identificaron redactores ni editores.
Teolinda Sandoval, hermana del desaparecido, el 18 de febrero de 1975 presentó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones, solicitando que se oficiara a los ministerios del Interior, Defensa y a la DINA para que informen sobre la detención de Miguel Angel Sandoval. La petición nunca tuvo respuesta. El coronel de Ejército Hernán Ramírez, por orden de la jefatura de zona en estado de sitio, respondió que a “esta persona no se le instruye causa en el II Juzgado Militar ni se encuentra detenida”.
Raúl Flores Castillo, detenido también el 7 de enero de 1975 y que estuvo 14 días en Villa Grimaldi, relató que entre el día 10 u 11 de enero llevan a mi celda a Miguel Angel Sandoval Rodríguez, actualmente desaparecido. Estaba mal físicamente, lo habían golpeado mucho. Me decía que ojalá pudiéramos salir pronto de esto”.
Histórico fallo rechazó la amnistía
Martes 6 de Enero 2003 La Nacion
La resolución de 65 páginas fundamentó este rechazo echando mano a toda la legislación internacional sobre derechos humanos de la que Chile es parte, además de hacer referencia a la jurisprudencia en ese sentido sentada por la Sala Penal de la Corte Suprema en los últimos siete años. Incluso el fallo sostuvo que la soberanía de Chile está limitada por los tratados internacionales que protegen los derechos fundamentales de las personas, como lo ordena el inciso 2º del artículo 5º Constitución Política de 1980, reformada para este fin en 1989.
Este fallo confirmó lo establecido por el ministro en visita Alejandro Solís en su sentencia condenatoria de abril pasado contra parte de la cúpula de la DINA por el secuestro y desaparición en 1975 del militante del MIR Miguel Angel Sandoval Rodríguez, que rechazó aplicar el beneficio de la amnistía. Esta negativa afectó al ex jefe de la DINA, general (R) Manuel Contreras; al ex jefe de la brigada Halcón y de varios recintos de la DINA, brigadier (R) Miguel Krassnoff; al ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana y del cuartel de Villa Grimaldi, coronel (R) Marcelo Moren Brito; al ex jefe de la brigada Vampiro de la DINA, brigadier (R) Fernando Lauriani; y al ex jefe de la brigada Tucán, teniente coronel (R) de Carabineros Gerardo Godoy.
En un voto de mayoría de dos contra uno, y tal como lo adelantó La Nación en su edición del 29 de diciembre pasado, la ministra Patricia Gómez y el abogado integrante Hugo Llanos, contra el voto del ministro Víctor Montiglio, resolvieron que la amnistía no es aplicable a un delito de secuestro cuando la víctima no aparece hasta hoy, porque se trata de un ilícito es de “carácter permanente” que se sigue cometiendo cada día, y por tanto excede el período cubierto por la amnistía entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1978.
Fundamento internacional
Pero profundizando todavía más, el voto de mayoría sostuvo que el delito de secuestro y la “Desaparición Forzada de Personas”, nombre que lleva el tratado internacional firmado por Chile en 1994, “constituye desde hace tiempo una gravísima ofensa a la dignidad intrínseca de la persona humana de carácter inderogable, tal como está consagrado en diversos instrumentos internacionales de carácter obligatorio para Chile”.
Agregaron los ministros que “pero lo que es más importante, es que constituye un crimen de lesa humanidad, tal como está definido en el Estatuto de la Corte Penal Internacional que ya se encuentra vigente internacionalmente”.
El voto de rechazo a aplicar este beneficio a criminales de uniforme, aunque en retiro, se refirió a siete tratados internacionales sobre legislación de derechos humanos de los cuales Chile es parte plena, los que, según los ministros, obligan al país a respetarlos aún por encima de la legislación interna, dado que estos tienen “una mayor jerarquía que los demás tratados internacionales, en cuanto regulan los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana”.
Tal aseveración, afirma el voto de mayoría, se funda en que, de acuerdo al inciso 2º del artículo 5º de la Constitución (reformada en 1989) “el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
Incluso los magistrados afirmaron que al firmar Chile en 1994 la Convención Interamericana sobre Desaparición forzada de Personas, y aún cuando “desde el punto de vista meramente formal ésta no se ha incorporado aún al derecho interno chileno” porque falta su ratificación por el Senado (ya lo fue por la Cámara de Diputados), tal tratado tiene “consecuencias jurídicas” para Chile.
Entre ellas mencionan “la responsabilidad del Estado” a velar por esta legislación, así como “la inadmisibilidad de la eximente de obediencia debida a una orden superior; la obligación de extraditar o juzgar a los responsables del delito; la imprescriptibilidad de la acción penal (por el paso del tiempo), y la improcedencia de beneficiarse de actos del poder Ejecutivo o Legislativo, de los cuales pueda resultar la impunidad del delito”.
El fallo de mayoría acogió también el derecho que le asiste a la familia de Sandoval Rodríguez para recurrir a los tribunales civiles en busca de una reparación monetaria, lo que había sido denegado por el ministro Solís.
Rebaja de condenas
El fallo de mayoría rebajó de 15 años a 12 años la pena de presidio del general (R) Contreras, y de 15 años a 11 años la pena del coronel (R) Moren Brito. Confirmó la condena de 10 años para Krassnoff. Estos tres fueron condenados en calidad de autores. También mantuvo la pena de cinco años para Lauriani y Godoy como cómplices de secuestro. Los abogados querellantes fueron Nelson Caucoto por la familia y Francisco Bravo por el gobierno.
El camino de la Corte Suprema está trazado
Este primer fallo llegará necesariamente a la Corte Suprema por la vía del recurso extraordinario de la casación. Sin embargo, se puede adelantar que el rechazo a la aplicación de la amnistía será confirmado por los ministros de la Sala Penal de la Suprema. Varios de sus cinco integrantes ya han emitido votos en diversos dictámenes (aunque no aún de nivel de sentencia como el actual), manifestándose en contra de otorgar este beneficio a militares sustentando las principales tesis jurídicas que constituyeron los pilares del voto de mayoría de la Quinta Sala de Apelaciones.
Y si bien en los tribunales cada caso se resuelve por sus méritos y antecedentes, no aparece como posible que estos magistrados se desdigan de lo que han sustentado con profusa argumentación, sobre todo respecto de la legislación internacional de derechos humanos.
Al menos cuatro de los cinco ministros de la Sala Penal, sustentan la doctrina penal internacional que considera el secuestro como delito de carácter permanente y continuado, como es el caso de Sandoval Rodríguez.
Y los cinco magistrados han emitido fallos en que hacen primar los convenios internacionales sobre derechos humanos firmados y ratificados por Chile, respecto de las normas internas admitiendo la limitación de la soberanía de Chile como lo establece la Constitución Política en su parte pertinente.
Miguel Ángel Sandoval derrotó a la amnistía El sastre valiente (extracto)
Lucía Sepúlveda Ruiz Punto Final 30/11/2004
Miembro del GAP El joven sastre había sido miembro del primer GAP, la escolta presidencial de Allende. Los integrantes en su mayoría eran miembros del MIR.. Al interior del GAP, Miguel Angel Sandoval formaba parte de la “tropa”, el nombre que –para diferenciarlos de quienes eran escoltas o “guarnición” - daba el MIR a sus militantes que cumplían tareas de vigilancia, organizados en cuatro escuadras. Sergio, uno de los ex miembros de ese grupo que sobrevivió, escribe desde Suecia: “Recuerdo a Miguel Angel/Pablito siempre con una sonrisa, tranquilo, observador y no muy dado a la conversación innecesaria. Era disciplinado y buen compañero, y poseía esa humildad que nace de la fuerza de ser bueno.” La tropa se constituyó entre febrero de 1971 y fines de 1972. omenzó a constituirse desde finales de febrero de 1971 y concluyó su actuación a fines de 1972. Estaba compuesta por ochenta miristas, de distintas partes de Chile. Su tarea era vigilar los alrededores de los lugares por donde iba a circular el Presidente Allende. También cumplieron funciones durante la visita del Primer Ministro de Cuba, Fidel Castro, a Chile. Cuando el Partido Socialista se hizo cargo de la seguridad del Presidente, la “tropa” colaboró con los nuevos escoltas. Muchos militantes además entregaban instrucción a miembros de las estructuras político-militares del MIR. Al mando del GAP estuvieron los dirigentes Sergio Pérez (desaparecido), Tito Sotomayor, miembro de la Comisión Política del MIR, y más adelante Mario Melo (desaparecido), ex boina negra. También se desempeñaban como instructores otros tres ex boinas negras que años antes habían abandonado el Ejército para ser militantes del MIR: Aarón, Ciriaco (desaparecido) y Aquiles el Carta (Oscar Delgado Marín, desaparecido).
En “La Parroquia” A las casas donde vivían los miembros de la Tropita (que tenían nombres en clave, tales como “el 44”, “la parroquia”, o “la capilla”) llegaban militantes desde distintos lugares del país. Se hacía una vida dedicada a la instrucción armada ya la formación política. Se cumplían guardias y turnos en las noches y fines de semana. También se realizaban tareas de protección de la residencia presidencial de calle Tomás Moro, o de dependencias importantes. El trabajo del MIR en el GAP concluyó debido a desacuerdos políticos entre esa organización y la Unidad Popular, y ellos fueron reemplazados en esas tareas por militantes del Partido Socialista. Miguel Angel Sandoval y algunos integrantes de la “tropa” se integraron entonces a la llamada Fuerza Central, cuya creación se remonta a los primeros grupos operativos que tuvo el MIR, cuando decidió pasar a la llamada “acción directa”, en 1969, durante el gobierno del ex Presidente Eduardo Frei Montalva. En el terreno militar eso era sinónimo de expropiaciones (asaltos a bancos) destinadas a solventar las finanzas y tareas de ese partido. Ese tipo de acciones no fueron impulsadas durante el gobierno de la Unidad Popular y sólo reaparecieron en dictadura, a comienzos de los años 80, cuando Miguel Angel y muchos otros ya habían desaparecido.
En la FESES y Grimaldi La sentencia del ministro Alejandro Solís en el caso de Miguel Angel Sandoval, refrendada por la Corte Suprema, transcribe la declaración de María Alicia Salinas Farfán, detenida el 2 de enero de 1975. Ella dijo al tribunal que conocía al joven sastre en el año 1967 en la Federación de Estudiantes Secundarios, FESES, el año 1967, antes de que ambos ingresaran al MIR en 1968. Afirmó que cuando fue detenida y llevada a Villa Grimaldi, lugar en el que fue torturada, el día 7 de enero vio llegar a Miguel Angel en buenas condiciones físicas. Después escuchó cuando lo torturaban y la vez siguiente, ya lo vio en muy malas condiciones. En una oportunidad en que pudo hablar con él porque le habían encomendado lavar los platos, él le comentó que estaba preocupado por su hijo, que había nacido hace poco. Lo vio también cuando pasaban la lista, frente a la ventana de la celda de las mujeres. La fortaleza moral de Miguel Angel Sandoval se deduce de un episodio que registra la declaración de Hugo Salinas Farfán, detenido el 3 de enero de 1975. Sostuvo que alrededor del 8 de enero pudo ver a Sandoval en mal estado. Ambos fueron careados, porque la DINA quería más información sobre los miembros del grupo. Señaló que al día siguiente Sandoval, él y otro detenido fueron llevados en un vehículo a practicar una detención, pero el intento falló. En castigo, todos ellos fueron sometidos en forma separada, a torturas con golpes y descargas eléctricas. Agrega que lo vio por última vez en enero de 75, antes de ser trasladado a Cuatro Alamos, y que por su estado era imposible que hubiera escapado hacia Argentina como se informó cuando la DINA incluyó su nombre en la lista de 119 chilenos supuestamente muertos en el extranjero por sus compañeros. En la “Casa CORVI” Raúl Flores Castillo, detenido el 7 de enero de 1975, declaró al tribunal que al llegar a Villa Grimaldi compartió la celda que los presos llamaban “Casa CORVI” (de 1,20 m por 1,20 m) con Miguel Angel Sandoval. Este le dio su nombre, pues no se conocían. En la celda ya había cuatro personas, que apenas cabían de pie. Flores reconoció a Miguel Angel Sandoval en la foto que le presentó el tribunal. Agregó que estaba muy golpeado y cansado. Relató que conversó con Miguel Angel, “con quien dudábamos si lograríamos salir de ahí.”..Entre el 14 y el 21 de enero, todos los miristas detenidos en Villa Grimaldi fueron llevados a una sala grande, atados y vendados, pese a lo cual pudo darse cuenta que en el grupo estaba Miguel Angel Sandoval. En el fallo del ministro Solís se citan además declaraciones de otros detenidos que dieron al Tribunal nombres de personas que murieron en la Villa a consecuencias de las torturas. El ministro en visita Alejandro Solís, en abril de 2003 dictó condena en primera instancia contra el ex director de la DINA Manuel Contreras y los agentes del centro secreto de reclusión y tortura Villa Grimaldi, por el secuestro de Miguel Angel Sandoval Rodríguez. Éste es el primer caso de secuestro calificado por la desaparición de detenidos durante el régimen militar, en que, agotada la investigación, probada la existencia del delito y ubicados los autores, cómplices y encubridores, se dictó sentencia condenatoria. El juez Solís no aplicó ni la amnistía ni la prescripción. Es lo que ahora confirmó la Corte Suprema. ( extracto)
Flaco Lucho desde Bélgica marzo 2005 relato para Miguel Sandoval Rodriguez
archivochile.com sin fecha
CASO MIGUEL ÁNGEL SANDOVAL
repositorio.uchile.cl sin fecha
Días después de su detención, el domicilio de Miguel Sandoval fue allanado por un grupo de civiles durante el horario de toque de queda, quienes se identificaron como miembros de las Fuerzas Armadas, procediendo a sustraer documentos del cuarto de la víctima junto con un baúl. Los agentes de dicha operación se movilizaban en una camioneta verde y sin patente124 . Según el testimonio de otras víctimas que se encontraban detenidas en dicho centro125, Miguel Sandoval había sido visto con vida entre los días 7 y 21 de enero de 1975 en Villa Grimaldi y con evidentes secuelas de haber sido torturado, tanto física como psicológicamente, a través de la práctica del “careo”. Desde entonces se desconoce su paradero. Ante tales aberrantes hechos, el día 18 de febrero de 1975 la hermana de la víctima interpuso un recurso de amparo exponiendo que desde el día en que su hermano fue detenido ilegítimamente no tuvo noticia alguna de él.
Expedientes de la Represión[3]
Miguel Ángel Sandoval Rodríguez
- Alejandro Solis
- 11821-2003
- 2182-98
- 517-2004
- Metropolitana De Santiago
- Villa Grimaldi
- Fernando Lauriani Maturana
- Gerardo Godoy Garcia
- Manuel Contreras Sepulveda
- Marcelo Moren Brito
- Miguel Krassnoff Martchenko
Referencias
- 1Museo de la Memoriahttps://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=1499
- 2
- 3Expedientes de la Represiónhttps://expedientesdelarepresion.cl/causa/miguel-angel-sandoval-rodriguez/