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Luis Jorge Almonacid Dumenez

Estudiante Universitario — 22 años.

Antecedentes

EstadoComisión Valech-Rettig Violación de Derechos Humanos
Fecha16 de septiembre de 1973
LugarTemuco, Temuco, IX Araucanía
Edad22 años
OcupaciónEstudiante Universitario
MilitanciaMIR, Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)[2]
F. Nacimiento5 de marzo de 1951
Lugar NacimientoTemuco
Estado CivilSoltero
Nacionalidadchilena
RUT6.772.824-3

Resumen del caso

Luis Jorge Almonacid Dumenez, estudiante universitario de 22 años y militante del MIR, fue detenido en Temuco el 16 de septiembre de 1973. Tras ser recluido en la cárcel de la ciudad, fue sacado del recinto por Carabineros y permanece desaparecido desde el 25 de septiembre, a pesar de que los registros oficiales afirman que fue puesto en libertad.

Resumen generado automáticamente. Consulte las fuentes originales a continuación para información verificada.

Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]

El 25 de septiembre de 1973 desaparece José Edulio MUÑOZ CONCHA, 21 años, obrero, dirigente vecinal de la Población Ampliación Amanecer, quien fue detenido en presencia de testigos y conducido a la Cárcel de Temuco. La familia afirma que se le informó que estaba incomunicado y que sería trasladado al Regimiento Tucapel antes de ser puesto en libertad. Lo buscaron infructuosamente en varios recintos.

Consultadas por esta Comisión las autoridades del Recinto penal respondieron que Muñoz Concha «ingresó a este Penal el día 24.09.1973 por Orden de la Fiscalía Ejército Temuco, delito no se menciona. Egresó el día 25.09.73, por orden de libertad Fiscalía Ejército Temuco Nº 24».

Hasta la fecha José Muñoz permanece desaparecido.

Otra situación similar ocurre el 25 de septiembre de 1973 con Luis Jorge ALMONACID DUMENEZ, 22 años, estudiante de Servicio Social de la Universidad de Chile, sede Temuco y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR). Fue detenido ante testigos por Carabineros el 16 de Septiembre y trasladado a la Comisaría de Padre Las Casas; el 19 de septiembre es llevado al Regimiento Tucapel y al día siguiente a la Cárcel de Temuco. Testigos que declararon ante esta Comisión señalan que el detenido fue sacado de este recinto por Carabineros. Consultadas las autoridades de la Cárcel de Temuco respondieron a esta Comisión que Luis Almonacid: «Ingresó a este Penal el día 19 09 1973. Egresó el día 25 09 1973 por orden de Fiscalía. Orden de Libertad Nº 21».

Desde esa fecha y a pesar de todas las gestiones realizadas por sus familiares, Luis Almonacid permanece desaparecido.

Estando acreditada la detención de las dos personas anteriores y su posterior reclusión en la Cárcel de Temuco, y como ninguno de ellos vuelve a dar noticias de vida ante sus familiares, ni a realizar gestiones ante organismos oficiales del Estado de Chile, resulta desvirtuada la versión de que hayan quedado en libertad. Por el contrario, la existencia de antecedentes allegados a esta Comisión, permiten afirmar que ambos salieron del recinto custodiados por efectivos militares.

A la Comisión le asiste convicción que José Muñoz y Luis Almonacid, fueron sometidos a desaparición forzada por parte de agentes del Estado, quienes los hicieron víctimas de una grave violación de sus derechos humanos.
Ver fuente original

MemoriaViva[2]

Relatos de los Hechos

Fuente: Vicarìa de la Solidaridad

Luis Jorge Almonacid Dumenes, 22 años a la fecha de la detención, estudiante de la Universidad de Chile, Sede Temuco, militante del MIR, fue detenido el 16 de septiembre de 1973 en el domicilio de un amigo ubicado en la localidad de Padre las Casas de Temuco, por efectivos de Carabineros que lo trasladaron a la Comisaría de la Institución de esa localidad. En el recinto policial fue torturado y se le mantuvo con los pies descalzos y sin comida. El 19 de septiembre fue trasladado al Regimiento Tucapel de Temuco, en donde fue nuevamente torturado, esta vez con aplicación de corriente eléctrica. Al día siguiente, fue trasladado a la Cárcel de Temuco permaneciendo allí hasta el 24 de septiembre, fecha en que fue sacado por una patrulla de Carabineros, entre los cuales se encontraba el Teniente Eduardo Riquelme Rodríguez y el Comandante Enrique Arias González. Desde entonces, se encuentra desaparecido.
La familia de la víctima realizó numerosas gestiones y diligencias con el fin de dar con su paradero, pero todas ellas resultaron infructuosas y aún desconocen la suerte que corrió el afectado luego que fuera sacado desde la Cárcel de Temuco por efectivos de Carabineros. En el informe de la Comisión Verdad y Reconciliación, consta que la autoridad de la Cárcel de Temuco, informó a esa Comisión que Luis Jorge Almonacid ingresó a ese Penal el día 19 de septiembre de 1973 y que egresó el día 25 de septiembre por orden de Fiscalía, orden de libertad N°21.
Cabe señalar, que situación similar a la de Luis Almonacid, afectó a José Muñoz Concha, quien fuera detenido y llevado el 24 de septiembre a la Cárcel de Temuco. La autoridad penitenciaría también informó que el detenido egresó el 25 de septiembre en virtud de una supuesta orden de libertad de la Fiscalía de Ejército de Temuco N°24.

Gestiones Judiciales

Fuente: Vicarìa de la Solidaridad

El 14 de febrero de 1991, la Comisión de Verdad y Reconciliación remitió los antecedentes relacionados con la detención y desaparecimiento de Luis Almonacid al 2° Juzgado del Crimen de Temuco, iniciándose la causa 73.369, la que en la actualidad se encuentra en tramitación.

CS confirma fallo que ordenó al Fisco indemnizar a hermanas de detenido desaparecido en Temuco.

diarioconstitucional.cl, 27 de septiembre de 2018

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $160.000.000 a las hermanas del Luis Jorge Almonacid Dumenez, estudiante de servicio social que fue detenido el 16 de septiembre de 1976, en la localidad de Padre Las Casas de Temuco.
La sentencia sostiene que sin perjuicio de lo razonado en la sentencia recurrida, esta Corte tiene en consideración que la acción indemnizatoria planteada en estos autos tiene su origen en la perpetración de un delito de lesa humanidad, en que se persigue la responsabilidad del Estado por actuaciones de sus agentes que han cometido violaciones a los derechos humanos.
La resolución agrega que el contexto en que los hechos fueron verificados -con la intervención de agentes del Estado amparados en un manto de impunidad forjado con recursos estatales- trae no sólo aparejada la imposibilidad de declarar la prescripción de la acción penal que de ellos emana sino que, además, la inviabilidad de proclamar la extinción -por el transcurso del tiempo- del eventual ejercicio de la acción civil indemnizatoria derivada de ellos, como reiteradamente lo ha sostenido este tribunal, ya que ello contraría la voluntad expresa manifestada por la normativa internacional sobre Derechos Humanos, integrante del ordenamiento jurídico nacional de acuerdo con el inciso segundo del artículo 5° de la Carta Fundamental, que consagra el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de todos los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito, e incluso por el propio derecho interno, que en virtud de la Ley N° 19.123, reconoció de manera explícita la innegable existencia de los daños y concedió también a los familiares de las víctimas calificadas como detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, por violación a los derechos humanos en el período 1973-1990, beneficios de carácter económico o pecuniario.
A continuación, el fallo agrega que por lo demás, la acción civil aquí entablada en contra del Fisco tendientes a conseguir la reparación íntegra de los perjuicios ocasionados, encuentra su fundamento en los principios generales del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y su consagración normativa en los tratados internacionales ratificados por Chile, los cuales obligan al Estado a reconocer y proteger este derecho a la reparación completa, en virtud de lo ordenado en los artículos 5°, inciso segundo, y 6° de la Constitución Política de la República. Los artículos 1.1 y 63.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos consagran que la responsabilidad del Estado por esta clase de sucesos queda sujeta a reglas de Derecho Internacional, las que no pueden ser incumplidas a pretexto de hacer primar otros preceptos de derecho interno, pues si se verifica un hecho ilícito imputable a un Estado surge de inmediato la responsabilidad internacional de éste por la violación de una regla internacional, con el consecuente deber de reparación y de hacer cesar las consecuencias del agravio.

Juez condenó a dos ex carabineros por secuestro de estudiante en dictadura

Cooperativa.cl 13 de Noviembre 2013

El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Leopoldo Llanos condenó a dos carabineros en retiro por el secuestro calificado de
Luis Almonacid Dumenes
, ocurrido a partir de septiembre de 1973, en la ciudad de Temuco.
El magistrado dictó una condena de 10 años y un día de presidio a los entonces integrantes de la Policía uniformada
Gonzalo Arias González
y
Eduardo Riquelme Rodríguez
, ambos como autores del delito.
El magistrado señaló en su resolución que el
Servicio de Inteligencia de Carabineros (Sicar)
se estableció como una verdadera policía secreta en la ciudad, actuando sin orden previa para detener a personas que tuvieran vinculación política con la Unidad Popular.
Los detenidos no quedaban registrados en ningún libro de guardia y ni siquiera eran citados a la Fiscalía Militar, quedando muchos de ellos detenidos en el
Regimiento de Infantería N° 8
o en la
Cárcel Pública
de la ciudad.
Bajo ese contexto,
Almonacid Dumenes
, de 22 años, estudiante de servicio social de la U. de Chile y apodado "el hippie", fue detenido por personal de esta sección siendo torturado brutalmente en la
Cárcel de Temuco
, para luego ser sacado desde ese lugar hasta una unidad policial, sin dar hasta ahora con su paradero.
En el aspecto civil, el ministro condenó al Fisco a pagar una indemnización de 100 millones de pesos a Herminio Almonacid Rivera y Eranelia Dumenes Barría -padres de la víctima-, y 50 millones de pesos a Liliana Almonacid Dumenes (hermana), por concepto de daño moral provocado por agentes de Estado.

TEMUCO: ENTREGAN TÍTULOS PÓSTUMOS A JÓVENES VÍCTIMAS DE LA DICTADURA

indh.cl 31/5/2011

En una solemne y emotiva ceremonia, familiares de veinte jóvenes estudiantes universitarios detenidos desaparecidos y ejecutados políticos de Temuco, recibieron títulos profesionales póstumos.
La actividad, que contribuye al rescate de la memoria histórica y reconocimiento de la participación política de las y los jóvenes comprometidos con su realidad social; es la primera del país que titula a estudiantes de las que fueran las: Universidades Técnica del Estado y de Chile, sede Temuco; actualmente fusionadas en la Universidad de la Frontera (UFRO).
El evento organizado por las Juventudes del Partido Comunista, Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos de la Región de La Araucanía, Centro de Investigación y Promoción de los Derechos Humanos y Partidos Comunista de Chile, contó con el apoyo de la UFRO, casa de estudios superiores que certificó mediante decreto universitario, la validez de los títulos.
Los y las tituladas fueron: Carmen Díaz Darricarrere, Muriel Dockendorff Navarrete, Jacqueline Drouilly Yurich, Luis Almonacid Dumenes, Jorge Calderón Oteíza, Patricio Calfuquir Henríquez, José Campos Cifuentes, Nelson Curiñir Lincoqueo, Juan Antonio Chávez Rivas, Eulogio Espinoza Henríquez, Santiago Faúndez Bustos, Luis Maldonado Ávila, Pedro Mardones Cofré, Amador Montero Mosquera, Javier Parada Valenzuela, Dixon Retamal Cornejo, Juan Carlos Ruiz Mancilla, José Salazar Aguilera, Marcelo Salinas Eytel, y Daniel Sepúlveda Contreras.

LUIS JORGE ALMONACID DUMENEZ

fet.temuko instagram

A 50 años de la desaparición forzada del compañero Luis Jorge Almonacid Dumenes, joven de 22 años, estudiante universitario de Social, Universidad de Chile sede
#Temuko
, militante rojinegro del MIR Regional Cautín, secuestrado violentamente por carabineros en el año 1973.
El compañero Luis Almonacid Dumenes, nacido en la sureña ciudad de
#Melipulli
(
#Puertomontt
) en los primeros días de marzo de 1951, estudiante universitario destacado por su agudeza y oratoria, perteneciente a las filas miristas.
Varios días después del Golpe Fascista, el 16 de septiembre de 1973, en ese momento localidad de
#PadrelasCasas
, efectivos policiales de Carabineros allanan la casa donde se encontró el compañero Luis Almonacid para trasladarlo a la Comisaria de Padre Las Casas, en aquel recinto de detención es torturado duramente. Tres días después, el 19 de septiembre es enviado al Regimiento Tucapel de Temuko, lugar donde también es torturado.
Otro día después, el 20 de septiembre está encerrado en la Cárcel de Temuko, permaneciendo hasta el día 25 de septiembre, el que, a tempranas horas es interrogado y torturado nuevamente por una patrulla de carabineros, escoltado supuestamente hacia la Segunda Comisaria de Temuko, desconociéndose su paradero y destino desde aquel entonces.
¡COMPAÑERO LUIS ALMONACID DUMENES, PRESENTE!¡AHORA Y SIEMPRE!
Ver fuente original

Expedientes de la Represión[3]

Luis Almonacid Dumenez

Detenida Desaparecida
Juez/Ministro
  • Leopoldo Llanos
Roles de la causa
  • 2182-98
  • 592-2014
  • 7399-2015
Región
  • Araucania
Centros de Detención
  • Regimiento Tucapel De Temuco
Condenados en esta causa
  • Eduardo Riquelme Rodriguez

Referencias

  1. 1
  2. 2
  3. 3

Cómo citar este registro

DondeEstan.cl (2026). Luis Jorge Almonacid Dumenez. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/luis-jorge-almonacid-dumenez. Fuentes originales: Museo de la Memoria (https://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=1155), Memoria Viva (https://memoriaviva.com/detenidos-desaparecidos/almonacid-dumenes-luis-jorge), Expedientes de la Represión (https://expedientesdelarepresion.cl/causa/luis-almonacid-dumenez/).