Juan Antonio Chavez Rivas
Estudiante Universitario — 26 años.
Antecedentes
EstadoComisión Valech-Rettig Violación de Derechos Humanos
Fecha10 de noviembre de 1973
LugarTemuco, Temuco, IX Araucanía
Edad26 años
OcupaciónEstudiante Universitario
MilitanciaPC
Juan Antonio Chavez Rivas
Estudiante Universitario — 26 años.
Resumen del caso
Juan Antonio Chávez Rivas, estudiante universitario y militante comunista de 26 años, fue detenido en su domicilio el 5 de noviembre de 1973 y trasladado al Regimiento Tucapel de Temuco. El 9 de noviembre fue ejecutado en ese lugar por efectivos del Ejército junto a otros seis militantes comunistas.
Resumen generado automáticamente. Consulte las fuentes originales a continuación para información verificada.
Foto: Museo de la Memoria y los Derechos Humanos (Chile)
Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]
El 9 de noviembre de l973 siete personas fueron ejecutadas por efectivos del Ejército, todas ellas militantes comunistas:
-Juan Antonio CHAVEZ RIVAS, 26 años, estudiante de la Universidad Técnica del Estado (UTE), sede Temuco, quien fue detenido el 5 de Noviembre de l973 en su domicilio y trasladado al Regimiento Tucapel, donde fue visto por sus familiares.
-Pedro MARDONES JOFRE, 22 años, estudiante de La Universidad Técnica del Estado, sede Temuco.
-Florentino MOLINA RUIZ, 44 años, obrero, Secretario Regional de la Provincia de Cautín y miembro del Comité Central del Partido Comunista. Detenido el 5 de noviembre de l973 en su domicilio por dos agentes vestidos de civil, llevado a la 2ª Comisaría y desde allí al Regimiento Tucapel.
-Amador MONTERO MOSQUERA, 21 años, estudiante de la Universidad Técnica del Estado, sede Temuco. Había sido detenido en su domicilio por agentes vestidos de civil el día 7 de noviembre de l973 y llevado al Regimiento Tucapel.
-Juan Carlos RUIZ MANCILLA, 21 años, estudiante de Construcción Civil en la Universidad Técnica del Estado, sede Temuco. Había sido detenido el 7 de noviembre de l973 en la casa de sus padres en la ciudad de Punta Arenas y trasladado a Temuco en un avión de la Fuerza Aérea, quedando detenido en el Regimiento Tucapel.
-Víctor Hugo VALENZUELA VELASQUEZ, 22 años, auxiliar en el Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Detenido el 7 de noviembre de l973 en su lugar de trabajo por agentes vestidos de civil y trasladado al Regimiento Tucapel donde fue visto por testigos.
Es razonable presumir que también murió en los mismos hechos, Carlos AILLAÑIR HUENCHUAL, 57 años, obrero agrícola, y militante comunista. Había sido detenido el 6 de noviembre por efectivos militares en casa de un miembro de su familia.
El l0 de noviembre se entregó una información oficial en la cual se daba cuenta de un asalto a un Polvorín del Regimiento Tucapel acaecido a las 23:45 horas del día anterior: «extremistas premunidos de una fuerte cantidad de explosivos, intentaron penetrar por la parte posterior del Regimiento, donde se encuentra el mencionado Polvorín. Reaccionaron a tiempo los centinelas y se produjo un intenso tiroteo, haciendo blanco en siete de los asaltantes».
Al informar sobre igual hecho al referido en el párrafo anterior, el Ejército expresó: «Anoche a las 23.45 horas, hubo un intento de asalto al Cuartel del Regimiento Tucapel. Se estima que participaron alrededor de quince personas armadas con dinamita, granadas y armas de fuego. Siete de ellas murieron en el intento de asalto; dos fueron capturadas, el resto se fugó. En el Regimiento no hubo bajas, como tampoco destrucción de material».
La Comisión vincula a las siete personas antes referidas con esta versión ya que los certificados de defunción de todos ellos indican que sus muertes se produjeron en el día y hora exacta aludidos en las versiones referidas y señala que ellas se produjeron en «recinto militar» por «arma de fuego acción de unidad militar».
Esta Comisión no puede estimar verosímil esta versión oficial en consideración a los siguientes elementos:
-Ella no resulta plausible si se considera que el supuesto enfrentamiento se produjo de noche y en él los centinelas hicieron blanco mortal en siete de los supuestos asaltantes, sin haberse producido bajas ni heridos entre los efectivos militares;
-Los familiares pudieron ver en la Morgue los cuerpos de las víctimas, con claras evidencias de haber sido torturados. Ello es concordante con los certificados de defunción de Pedro Mardones; Amador Montero y Víctor Hugo Valenzuela que señalan como causa: «atrición cráneo encefálica.» Ello indica que la causa de sus muertes no fue únicamente heridas de bala, sino que éstas se produjeron además por el aplastamiento del cráneo de las víctimas;
-Lo que es más concluyente para esta Comisión, es que múltiples testimonios y antecedentes reunidos acreditan que las víctimas se encontraban detenidas desde hacía varios días en el Regimiento Tucapel. Ello hace imposible que ellos hubieran intentado penetrar premunidos de explosivos por la parte posterior del Regimiento, como se indicó en la versión oficial.
Por todos los antecedentes expuestos, la Comisión llega a la convicción que las siete personas que se han individualizado fueron ejecutadas por agentes del Estado, en violación de sus derechos humanos.
-Juan Antonio CHAVEZ RIVAS, 26 años, estudiante de la Universidad Técnica del Estado (UTE), sede Temuco, quien fue detenido el 5 de Noviembre de l973 en su domicilio y trasladado al Regimiento Tucapel, donde fue visto por sus familiares.
-Pedro MARDONES JOFRE, 22 años, estudiante de La Universidad Técnica del Estado, sede Temuco.
-Florentino MOLINA RUIZ, 44 años, obrero, Secretario Regional de la Provincia de Cautín y miembro del Comité Central del Partido Comunista. Detenido el 5 de noviembre de l973 en su domicilio por dos agentes vestidos de civil, llevado a la 2ª Comisaría y desde allí al Regimiento Tucapel.
-Amador MONTERO MOSQUERA, 21 años, estudiante de la Universidad Técnica del Estado, sede Temuco. Había sido detenido en su domicilio por agentes vestidos de civil el día 7 de noviembre de l973 y llevado al Regimiento Tucapel.
-Juan Carlos RUIZ MANCILLA, 21 años, estudiante de Construcción Civil en la Universidad Técnica del Estado, sede Temuco. Había sido detenido el 7 de noviembre de l973 en la casa de sus padres en la ciudad de Punta Arenas y trasladado a Temuco en un avión de la Fuerza Aérea, quedando detenido en el Regimiento Tucapel.
-Víctor Hugo VALENZUELA VELASQUEZ, 22 años, auxiliar en el Conservador de Bienes Raíces de Temuco. Detenido el 7 de noviembre de l973 en su lugar de trabajo por agentes vestidos de civil y trasladado al Regimiento Tucapel donde fue visto por testigos.
Es razonable presumir que también murió en los mismos hechos, Carlos AILLAÑIR HUENCHUAL, 57 años, obrero agrícola, y militante comunista. Había sido detenido el 6 de noviembre por efectivos militares en casa de un miembro de su familia.
El l0 de noviembre se entregó una información oficial en la cual se daba cuenta de un asalto a un Polvorín del Regimiento Tucapel acaecido a las 23:45 horas del día anterior: «extremistas premunidos de una fuerte cantidad de explosivos, intentaron penetrar por la parte posterior del Regimiento, donde se encuentra el mencionado Polvorín. Reaccionaron a tiempo los centinelas y se produjo un intenso tiroteo, haciendo blanco en siete de los asaltantes».
Al informar sobre igual hecho al referido en el párrafo anterior, el Ejército expresó: «Anoche a las 23.45 horas, hubo un intento de asalto al Cuartel del Regimiento Tucapel. Se estima que participaron alrededor de quince personas armadas con dinamita, granadas y armas de fuego. Siete de ellas murieron en el intento de asalto; dos fueron capturadas, el resto se fugó. En el Regimiento no hubo bajas, como tampoco destrucción de material».
La Comisión vincula a las siete personas antes referidas con esta versión ya que los certificados de defunción de todos ellos indican que sus muertes se produjeron en el día y hora exacta aludidos en las versiones referidas y señala que ellas se produjeron en «recinto militar» por «arma de fuego acción de unidad militar».
Esta Comisión no puede estimar verosímil esta versión oficial en consideración a los siguientes elementos:
-Ella no resulta plausible si se considera que el supuesto enfrentamiento se produjo de noche y en él los centinelas hicieron blanco mortal en siete de los supuestos asaltantes, sin haberse producido bajas ni heridos entre los efectivos militares;
-Los familiares pudieron ver en la Morgue los cuerpos de las víctimas, con claras evidencias de haber sido torturados. Ello es concordante con los certificados de defunción de Pedro Mardones; Amador Montero y Víctor Hugo Valenzuela que señalan como causa: «atrición cráneo encefálica.» Ello indica que la causa de sus muertes no fue únicamente heridas de bala, sino que éstas se produjeron además por el aplastamiento del cráneo de las víctimas;
-Lo que es más concluyente para esta Comisión, es que múltiples testimonios y antecedentes reunidos acreditan que las víctimas se encontraban detenidas desde hacía varios días en el Regimiento Tucapel. Ello hace imposible que ellos hubieran intentado penetrar premunidos de explosivos por la parte posterior del Regimiento, como se indicó en la versión oficial.
Por todos los antecedentes expuestos, la Comisión llega a la convicción que las siete personas que se han individualizado fueron ejecutadas por agentes del Estado, en violación de sus derechos humanos.
Referencias
- 1Museo de la Memoriahttps://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=418
Cómo citar este registro
DondeEstan.cl (2026). Juan Antonio Chavez Rivas. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/juan-antonio-chavez-rivas. Fuentes originales: Museo de la Memoria (https://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=418).