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Héctor Heraldo Velasquez Mardones

Obrero Construcción — 35 años.

Antecedentes

EstadoComisión Valech-Rettig Violación de Derechos Humanos
Fecha16 de mayo de 1977
LugarBuenos Aires, Extranjero
Edad35 años
OcupaciónObrero Construcción, Obrero de la Construcción[2]
MilitanciaPC, Partido Comunista (PC)[2]
F. Nacimiento14 de agosto de 1941
Lugar NacimientoArgentina
Estado Civilcasado 4 hijos
Nacionalidadchilena
RUT4.862.237-2

Resumen del caso

Héctor Heraldo Velásquez Mardones, obrero de la construcción de 35 años y militante comunista, fue detenido y hecho desaparecer el 16 de mayo de 1977. Su secuestro ocurrió en Buenos Aires, Argentina, como parte de un operativo conjunto entre agentes de seguridad chilenos y argentinos en el que también fueron capturados otros militantes.

Resumen generado automáticamente. Consulte las fuentes originales a continuación para información verificada.

Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]

El 16 de mayo de 1977 fue arrestado en Buenos Aires el estudiante chileno suizo, Alexei Vladimir JACCARD SIEGLER, quien había llegado a ese país el día anterior, en escala del viaje que debía continuar hacia Chile el día siguiente.

Según antecedentes proporcionados a la Comisión, Alexei Jaccard traía consigo dinero que debía ingresar a Chile.

En el mismo operativo fueron detenidos Ricardo Ignacio RAMIREZ HERRERA, encargado de organización y finanzas del Partido Comunista de Chile en Buenos Aires, y Héctor Heraldo VELASQUEZ MARDONES, también militante comunista chileno. Los agentes chilenos y argentinos capturaron en un mismo día a los tres ciudadanos chilenos y a cinco argentinos miembros del Comité de Solidaridad con Chile en Argentina, los que albergaban a los detenidos. Los ocho están hasta hoy desaparecidos.

La Comisión pudo llegar a la convicción de que Alexei Jaccard había sido detenido en la vía pública y trasladado a un recinto de la Policía Federal argentina donde fue interrogado y luego transferido a la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) de Buenos Aires.

El rol esencialmente activo que jugaron la DINA y el Gobierno de Chile en este caso comienza con el triple arresto ilegal en territorio extranjero bajo la complicidad de los servicios de seguridad argentinos, y termina con la entrega de falsa información a los diplomáticos suizos abocados a la búsqueda de un nacional helvético.

En cuanto a Ricardo Ramírez, la Policía Internacional de Chile informó falsamente al Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino sobre los supuestos viajes de la víctima, en los años 1977 a 1983. Tal información había sido solicitada a dicha repartición por los Tribunales de la República Argentina. Otro informe enviado por la Policía a esta Comisión, concordante con los hechos reales, muestra que la víctima solo viajó desde Santiago a Alemania en marzo de 1976, fecha en que logró salir en calidad de exiliado político para radicarse en Hungría.

A la luz de estos y otros antecedentes se logró establecer que posteriormente a la triple detención en Buenos Aires de los militantes comunistas chilenos, los organismos de seguridad chilenos y argentinos desplegaron un arsenal de falsos documentos e informaciones para encubrirse mutuamente frente a la presión del Gobierno suizo quién insistía en conocer lo sucedido a un nacional en tránsito.

Por lo tanto la Comisión consideró que Ricardo Ramírez y Héctor Velásquez, al igual que Alexei Jaccard, son víctimas de violaciones a los derechos humanos, en las que agentes del Estado de Chile tuvieron participación, en un país extranjero.

Ver fuente original

MemoriaViva[2]

Relatos de los Hechos

Fuente: (Informe Rettig)

Héctor Heraldo VELASQUEZ MARDONESEl 16 de mayo de 1977 fue arrestado en Buenos Aires el estudiante chileno-suizo, Alexei Vladimir JACCARD SIEGLER, quien había llegado a ese país el día anterior, en escala del viaje que debía continuar hacia Chile el día siguiente.
Según antecedentes proporcionados a la Comisión, Alexei Jaccard traía consigo dinero que debía ingresar a Chile.
En el mismo operativo fueron detenidos Ricardo Ignacio RAMIREZ HERRERA, encargado de organización y finanzas del Partido Comunista de Chile en Buenos Aires, y Héctor Heraldo VELASQUEZ MARDONES, también militante comunista chileno. Los agentes chilenos y argentinos capturaron en un mismo día a los tres ciudadanos chilenos y a cinco argentinos miembros del Comité de Solidaridad con Chile en Argentina, los que albergaban a los detenidos. Los ocho están hasta hoy desaparecidos.
La Comisión pudo llegar a la convicción de que Alexei Jaccard había sido detenido en la vía pública y trasladado a un recinto de la Policía Federal argentina donde fue interrogado y luego transferido a la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) de Buenos Aires.
El rol esencialmente activo que jugaron la DINA y el Gobierno de Chile en este caso comienza con el triple arresto ilegal en territorio extranjero bajo la complicidad de los servicios de seguridad argentinos, y termina con la entrega de falsa información a los diplomáticos suizos abocados a la búsqueda de un nacional helvético.
En cuanto a Ricardo Ramírez, la Policía Internacional de Chile informó falsamente al Ministerio de Relaciones Exteriores Argentino sobre los supuestos viajes de la víctima, en los años 1977 a 1983. Tal información había sido solicitada a dicha repartición por los Tribunales de la República Argentina. Otro informe enviado por la Policía a esta Comisión, concordante con los hechos reales, muestra que la víctima solo viajó desde Santiago a Alemania en marzo de 1976, fecha en que logró salir en calidad de exiliado político para radicarse en Hungría.
A la luz de estos y otros antecedentes se logró establecer que posteriormente a la triple detención en Buenos Aires de los militantes comunistas chilenos, los organismos de seguridad chilenos y argentinos desplegaron un arsenal de falsos documentos e informaciones para encubrirse mutuamente frente a la presión del Gobierno helvético quién insistía en conocer lo sucedido a un nacional en tránsito.
Por lo tanto la Comisión consideró que Ricardo Ramírez y Héctor Velásquez, al igual que Alexei Jaccard, son víctimas de violaciones a los derechos humanos, en las que agentes del Estado de Chile tuvieron participación, en un país extranjero.

Operación Cóndor: Corte de Santiago ordena al fisco indemnizar a hija de detenido desaparecido

pjud.cl 13/5/2022

En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 a la hija de Héctor Velásquez Mardones, quien fue detenido el 16 de mayo de 1977 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, en el marco de la denominada Operación Cóndor.
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 (ochenta millones de pesos) a la hija de Héctor Velásquez Mardones, quien fue detenido el 16 de mayo de 1977 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, en el marco de la denominada Operación Cóndor.
En fallo unánime (causa rol 2.782-2022), la Sexta Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jenny Book, Lidia Poza y el abogado (i) Cristián Lepín– confirmó en todas sus partes el fallo de primera instancia.
“Atendido el mérito de los antecedentes,
se confirma
la sentencia apelada de fecha veintiuno de enero de dos mil veintidós, dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago, en causa Rol N° 6945-2021”, consigna el fallo.
El fallo de primera instancia ratificado rechazó la excepción de prescripción y estableció el daño moral provocado a la recurrente.
“Que, en añadidura a lo expuesto, resulta reñido con la lógica y alejado a un principio de razonabilidad asentar que, si se ha estimado por el Derecho Internacional la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad, tal como se aseveró pretéritamente, pueda concluirse que a la acción civil que emane del mismo se le otorgue un trato distinto, toda vez que las normas previamente transcritas han asentado lo contrario”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, además, resulta necesario agregar que supeditar la prescripción de la acción de marras a las normas entregadas al respecto por la normativa del derecho común nacional conllevaría establecer un distingo arbitrario e incoherente con la regulación internacional de los crímenes de guerra y de lesa humanidad, por cuanto no resulta razonable otorgar a la acción de autos un tratamiento disímil a la acción penal derivada de comportamientos descritos en la ley como crímenes en contra de la humanidad, siendo el hecho de que la normativa internacional no lo ha efectuado, sino que, por el contrario ha propugnado lo contrario, como se ha dicho; efectuar una distinción como la descrita en donde la misma regulación internacional no lo ha efectuado, aplicando, al efecto, normas de derecho privado no atingentes a un caso como el de marras, significaría deslizarse al terreno de lo arbitrario o efectuar una decisión, a lo menos, antojadiza sobre el caso, lo que no puede ser avalado por la infrascrita”.
“Que –prosigue– en correlato con lo reflexionado anteriormente y las consideraciones atinentes a la aplicación del Derecho Internacional y principios rectores del mismo conforme a la situación de autos y por considerar que el hecho de la aplicación de la prescripción contemplada por el derecho privado supondría la vulneración de aquellas y dejar sin aplicación la responsabilidad del Estado conforme lo dispone el artículo 38 inciso segundo de la Carta Fundamental y 4 de la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, solo cabe rechazar la excepción de prescripción planteada por el Fisco en todas sus partes”.
“Que, en consecuencia, encontrándose comprobada la comisión del delito de lesa humanidad cometido por agentes del Estado en contra de Héctor Velásquez Mardones, la circunstancia de los detrimentos morales que la actora, hija de aquel, han sufrido por la comisión de dicho ilícito y teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 38 inciso segundo de la Constitución Política de la República y 4° de la Ley Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, ha nacido la obligación del Estado respecto a indemnizar los referidos menoscabos”, concluye.

Operación Cóndor: someten a proceso a agentes de la DINA

laizquierdadiario.cl 9/8/2015

El Ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza procesó a cinco agentes de la DINA por secuestros de siete personas, en el marco de la Operación Cóndor.
El Ministro Carroza procesó a los ex agentes de la DINA Hernán Sovino, Jorge Escobar, Federico Chaigneau, Gladys Calderón y Miguel Riveros, por el caso del secuestro calificado de Héctor Velásquez, Alexei Vladimir Jaccard, Ricardo Ignacio Ramírez, Ruiter Enrique Correa, Matilde Pessa, Jacobo Stoulman y Hernán Soto, en el marco de la Operación Cóndor.
Alexei Wladimir Jaccard Siegler fue detenido el 17 de mayo de 1977 en Buenos Aires. Alexei era militante del Partido Comunista y había viajado al exterior para buscar fondos para la ayuda a la lucha contra la dictadura y la mantención del partido en la clandestinidad. Su detención fue realizada por la Policía Federal de Argentina, en el hotel donde se alojaba y fue trasladado a la Escuela Mecánica de la Armada (ESMA) uno de los principales centros de exterminio de la dictadura en Argentina. Además de Alexei fueron detenidos Ricardo Ignacio Ramírez Herrera y Héctor Heraldo Velásquez Mardones, también militantes del partido, además de otras cinco personas que pertenecían al Comité de Solidaridad con Chile en Argentina y que estaban colaborando con los militantes comunistas. Los ocho pasaron a engrosar las listas de detenidos desaparecidos.
Casi a fines de mayo de ese mismo año, fueron detenidos Matilde Pessa Mois y Jacobo Stoulman Boertnik en Argentina. En Chile, Hernán Soto Gálvez fue detenido el 7 de junio de 1977, había sido secretario de la Cámara de Diputados y era militante del Partido Comunista. Según testigos fue detenido por tres personas en Santiago, para luego ser trasladado sin rumbo conocido. Su nombre se relaciona con la desaparición de los militantes comunistas en Argentina, producto de la colaboración de organismos de seguridad de ambos países para desarticular al PC. Algo similar ocurrió con Ruiter Enrique Correa Arce, quién fue detenido a fines de mayo de 1977 en Santiago, donde tenía un kiosko, lugar que era utilizado como lugar de enlace e intercambio del PC y apareció varios días después asesinado en el río Mapocho en el Puente Manuel Rodríguez.
Para realizar estas detenciones los agentes y militares de Argentina se contactaron con sus pares de Chile, en el marco de los acuerdos entre las dictaduras militares de varios países de América Latina, para coordinar la represión interna, entre otras cosas, esto significó que la dictadura chilena entregara falsa información sobre viajes de Jaccard hasta 1983, para intentar ocultar su desaparición, en Chile y Argentina.
Restos de Ricardo Ramírez, Jacobo Stoulman Bortnik y Matilde Pessa Mois fueron encontrados en Chile, en la Cuesta Barriga.
Documental “Archivos del Horror” se presenta en Cineteca Nacional
El documental de Pedro Chaskel, indaga en los Archivos del Horror encontrados en Paraguay en 1992, relacionados con la Operación Cóndor. El documental también trabaja con testimonios realizados a víctimas y sobrevivientes de la dictadura. El documental se presenta en la Cineteca Nacional del 6 al 31 de agosto a las 19 horas.

Operación Cóndor. Ministro Carroza dicta procesamientos por secuestros y homicidios calificados.

diarioconstitucional.cl 25/3/2014

El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó procesamiento en la investigación por los delitos de secuestros calificados de Héctor Velásquez Mardones y Ricardo Ramírez Herrera; y por los homicidios calificados de Riuter Correa Arce y Hernán Soto Gálvez, ocurridos entre mayo y junio de 1977.
El Ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dictó procesamiento en la investigación por los delitos de secuestros calificados de Héctor Velásquez Mardones y Ricardo Ramírez Herrera; y por los homicidios calificados de Riuter Correa Arce y Hernán Soto Gálvez, ocurridos entre mayo y junio de 1977.
En la causa, fueron sometidos a proceso los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo y Cristoph Willike Floel, como responsable de los cuatro delitos.
En su resolución adujo el Magistrado que a raíz de la necesidad de canalizar ayuda financiera externa para el Partido Comunista, habría viajado desde Europa a Buenos Aires un integrante de nombre Alexis Vladimir Jaccard Siegler, quien debía contactarse con los militantes Ricardo Ignacio Ramírez Herrera y Héctor Heraldo Velásquez Mardones, un acercamiento que jamás pudo concretarse, ya que los tres fueron detenidos y desaparecieron el día 16 de mayo de 1977, en virtud de una acción coordinada de los servicios de inteligencia de Argentina y Chile.
En el mismo sentido y probablemente con el mismo fin, prosigue, el matrimonio de Jacobo Stoulman Brtnik y Matilde Pessa Mois emprende viaje a Buenos Aires desde Santiago el día 29 de mayo de 1977, pero antes de materializar su ingreso al país vecino, son detenidos en el Aeropuerto de Ezeiza y desaparecen.
Por último, igualmente en Santiago de Chile, el 7 de junio de 1977, se consuma el secuestro del militante de esa entidad, Hernán Soto Gálvez, integrante de la Comisión Nacional de Finanzas del Partido y supuesto enlace en este financiamiento externo, encontrándose con los años parte de sus restos en Cuesta Barriga, concluye así el Ministro Carroza.

Ministro Carroza dicta procesamiento por secuestros y homicidios calificados en “Operación Cóndor”

biobio.cl 24/3/2014

El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Mario Carroza dictó procesamiento en la investigación por los delitos de secuestros calificados de Héctor Velásquez Mardones y Ricardo Ramírez Herrera; y por los homicidios calificados de Ruiter Correa Arce y Hernán Soto Gálvez, ocurridos entre mayo y junio de 1977.
En la causa, el magistrado sometió a proceso los ex integrantes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Manuel Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo y Cristoph Willike Floel, como responsables de los cuatro delitos.
De acuerdo a los antecedentes recopilados, se tienen por acreditados los siguientes hechos:
“Que a raíz de la necesidad de canalizar ayuda financiera externa para el Partido Comunista, habría viajado desde Europa a Buenos Aires un integrante de nombre Alexis Vladimir Jaccard Siegler, quien debía contactarse con los militantes Ricardo Ignacio Ramírez Herrera y Héctor Heraldo Velásquez Mardones, un acercamiento que jamás pudo concretarse, ya que los tres fueron detenidos y desaparecieron el día 16 de mayo de 1977, en virtud de una acción coordinada de los servicios de inteligencia de Argentina y Chile”, señala el fallo.
A ello agrega que en el mismo sentido y probablemente con el mismo fin, el matrimonio de Jacobo Stoulman Brtnik y Matilde Pessa Mois emprende viaje a Buenos Aires desde Santiago el día 29 de mayo de 1977, “pero antes de materializar su ingreso al país vecino, son detenidos en el Aeropuerto de Ezeiza y desaparecen”.
“Por otro lado, en nuestro país, el día anterior al viaje del matrimonio Stoulman, 28 de mayo de 1977, es ejecutado en la ciudad de Santiago, el militante comunista Ruiter Enrique Correa Arce, dueño de un quiosco ubicado en la intersección de calles Amunátegui con Alameda, y punto de contacto del partido. Sus restos son encontrados al día siguiente en el Servicio Médico Legal.
Por último, igualmente en Santiago de Chile, el 7 de junio de 1977, “se consuma el secuestro del militante de esa entidad, Hernán Soto Gálvez, integrante de la Comisión Nacional de Finanzas del Partido y supuesto enlace en este financiamiento externo, encontrándose con los años parte de sus restos en Cuesta Barriga”.
Esta causa forma parte de la serie de investigaciones conocida como “Operación Cóndor”.
Ver fuente original

Expedientes de la Represión[3]

Caso Operación Cóndor Alexei Jaccard Siegler y otros

Juez/Ministro
  • Mario Carroza
Roles de la causa
  • 147560-2022
  • 2182-1998
  • 4545-2019
Región
  • Metropolitana De Santiago
Centros de Detención
  • Cuartel Simon Bolivar
  • Cuatro Alamos
  • Londres 38
Condenados en esta causa
  • Carlos Jose Leonardo Lopez Tapia
  • Ciro Ernesto Torre Saez
  • Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme
  • Federico Humberto Chaigneau Sepulveda
  • Gerardo Ernesto Godoy Garcia
  • Hector Raul Valdebenito Araya
  • Hermon Helec Alfaro Mundaca
  • Hernan Gladys De Las Mercedes Calderon Carreno
  • Jeronimo Del Carmen Neira Mendez
  • Jorge Escobar Fuentes
  • Jose Alfonso Ojeda Obando
  • Juan Angel Urbina Caceres
  • Juan Hernan Morales Salgado
  • Manuel Rivas Diaz
  • Miguel Krassnoff Martchenko
  • Miguel Rene Riveros Valderrama
  • Orlando Jose Manzo Duran
  • Pedro Octavio Espinoza Bravo

Referencias

  1. 1
  2. 2
  3. 3
  4. 4

Cómo citar este registro

DondeEstan.cl (2026). Héctor Heraldo Velasquez Mardones. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/hector-heraldo-velasquez-mardones. Fuentes originales: Museo de la Memoria (https://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=1361), Memoria Viva (https://memoriaviva.com/detenidos-desaparecidos/velasquez-mardones-hector-heraldo), Expedientes de la Represión (https://expedientesdelarepresion.cl/causa/caso-operacion-condor-alexei-jaccard-siegler-y-otros/), Expedientes de la Represión (https://expedientesdelarepresion.cl/causa/hector-velasquez-mardones/).