Ramón Concha Pérez
Víctima de la dictadura militar.
Antecedentes
Ramón Concha Pérez
Víctima de la dictadura militar.
Resumen del caso
Ramón Concha Pérez fue un integrante del Ejército de Chile condenado como cómplice del homicidio de Jorge Vilugrón Reyes, ocurrido el 8 de octubre de 1973 en Puerto Cisnes. Por su responsabilidad en este crimen, la Corte Suprema le dictó una sentencia definitiva de 541 días de presidio bajo el beneficio de remisión condicional.
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MemoriaViva[1]
La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en una serie de casos de violaciones a derechos humanos, cometidas en la Región de Aysén en octubre de 1973,que investigó el ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Coyhaique Luis Sepúlveda Coronado.
En la sentencia, los ministros de la Sala Penal Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas rechazaron los recursos de casación presentados por los episodios denominados: Puerto Cisnes, Puerto Aysén y Villa Los Torreones; y acogieron los recursos de casación por el episodio Coyhaique.
En el fallo, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó las sentencias apeladas por el homicidio de Jorge Vilugrón Reyes, perpetrado el 8 de octubre de 1973, en Puerto Cisnes; el homicidio de Julio Cárcamo Rodríguez, ocurrido el 2 de octubre de 1973, en la segunda comisaría de Carabineros de Puerto Aysén; y por el homicidio de Moisés Ayanao Montoya, ejecutado el 25 de octubre de 1973, en el sector de Villa Los Torreones (ruta que une Puerto Aysén con Coyhaique).
En tanto, se acogió el recurso y se dictó sentencia de reemplazo por los secuestros calificados de Juan Vera Oyarzún, José Rosendo Pérez Ríos y Néstor Hernán Castillo Sepúlveda, ocurridos a partir del 27 de octubre de 1973, en Coyhaique.
Por el caso de Puerto cisnes se mantuvieron las condenas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en contra de José Tocol Navarro y Luis Pineda Muñoz, como autores del delito de homicidio; y de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, en contra de Carlos Henríquez Reuquén, Héctor Andrade Calderón y Ramón Concha Pérez, en calidad de cómplices.
En el episodio denominado Puerto Aysén, la Sala Penal confirmó las condenas de 3 años y un día de presidio en contra de Aquiles Vergara Muñoz, como autor del delito de homicidio, con el beneficio de la libertad vigilada; y de 541 días de presidio en contra de Miguel Rojas Quiroga, como encubridor del delito, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Mientras que en el episodio Villa Los Torreones, se confirmó el fallo que condenó a 5 años de presidio de José Maricahuin Carrasco, como autor del delito de homicidio, con el beneficio de la libertad vigilada; y de 541 de presidio para Juan González Andaur y Nelson Ojeda Soto, con el beneficio de la libertad vigilada.
Coyhaique
La Sala Penal acogió el recurso de casación y dictó sentencia de reemplazo, condenando a Miguel Ángel Rondón a 10 años y un día de presidio, sin beneficios, por su responsabilidad como autor de tres secuestros calificados; y se condenó a Gustavo Rivera Toro a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como encubridor, se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
En la sentencia, los ministros de la Sala Penal Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas rechazaron los recursos de casación presentados por los episodios denominados: Puerto Cisnes, Puerto Aysén y Villa Los Torreones; y acogieron los recursos de casación por el episodio Coyhaique.
En el fallo, la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó las sentencias apeladas por el homicidio de Jorge Vilugrón Reyes, perpetrado el 8 de octubre de 1973, en Puerto Cisnes; el homicidio de Julio Cárcamo Rodríguez, ocurrido el 2 de octubre de 1973, en la segunda comisaría de Carabineros de Puerto Aysén; y por el homicidio de Moisés Ayanao Montoya, ejecutado el 25 de octubre de 1973, en el sector de Villa Los Torreones (ruta que une Puerto Aysén con Coyhaique).
En tanto, se acogió el recurso y se dictó sentencia de reemplazo por los secuestros calificados de Juan Vera Oyarzún, José Rosendo Pérez Ríos y Néstor Hernán Castillo Sepúlveda, ocurridos a partir del 27 de octubre de 1973, en Coyhaique.
Por el caso de Puerto cisnes se mantuvieron las condenas de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, en contra de José Tocol Navarro y Luis Pineda Muñoz, como autores del delito de homicidio; y de 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, en contra de Carlos Henríquez Reuquén, Héctor Andrade Calderón y Ramón Concha Pérez, en calidad de cómplices.
En el episodio denominado Puerto Aysén, la Sala Penal confirmó las condenas de 3 años y un día de presidio en contra de Aquiles Vergara Muñoz, como autor del delito de homicidio, con el beneficio de la libertad vigilada; y de 541 días de presidio en contra de Miguel Rojas Quiroga, como encubridor del delito, con el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Mientras que en el episodio Villa Los Torreones, se confirmó el fallo que condenó a 5 años de presidio de José Maricahuin Carrasco, como autor del delito de homicidio, con el beneficio de la libertad vigilada; y de 541 de presidio para Juan González Andaur y Nelson Ojeda Soto, con el beneficio de la libertad vigilada.
Coyhaique
La Sala Penal acogió el recurso de casación y dictó sentencia de reemplazo, condenando a Miguel Ángel Rondón a 10 años y un día de presidio, sin beneficios, por su responsabilidad como autor de tres secuestros calificados; y se condenó a Gustavo Rivera Toro a 3 años y un día de presidio por su responsabilidad como encubridor, se le concedió el beneficio de la libertad vigilada.
Referencias
- 1
Cómo citar este registro
DondeEstan.cl (2026). Ramón Concha Pérez. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/concha-perez-ramon. Fuentes originales: Memoria Viva (https://memoriaviva.com/criminales/concha-perez-ramon).