Nelson Patricio Cayupi Contreras
Víctima de la dictadura militar.
Antecedentes
RUT4185357-3
Nelson Patricio Cayupi Contreras
Víctima de la dictadura militar.
Resumen del caso
Nelson Patricio Cayupi Contreras fue un subprefecto de Investigaciones implicado en la muerte del campesino Bernardo Solorza González, ocurrida en abril de 1974 en un cuartel policial de Talca. Aunque inicialmente fue condenado por apremios ilegítimos, fue finalmente absuelto por la Corte Suprema en un fallo que no consideró el caso como un crimen de lesa humanidad.
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MemoriaViva[1]
La víctima
Bernardo Solorza González murió el 21 de abril de 1980 en un cuartel policíal de Talca e inicalmente se habló de un caso de suicidio, sin embargo la Comisión Rettig lo consideró en 1991 como una víctima de la dictadura militar. En el Informe Rettig se señala textualmente respecto a su caso: "El 21 de abril de 1980 murió Bernardo Enrique SOLORZA GONZALEZ. Fue detenido por personal de Investigaciones en Talca, acusado de la comisión de delitos comunes. Oficialmente se informó que la víctima se suicidó ahorcándose, causa que fue consignada en el certificado de defunción. Sin embargo, antecedentes y testimonios recibidos por esta Comisión indican que la víctima falleció producto de los malos tratos y torturas que se le infligieron durante su detención. La Comisión adquirió la convicción de que Bernardo SOLORZA murió a consecuencia de torturas de parte de agentes estatales, quienes violaron así sus derechos humanos (
Precedente en el mismo sentido
Esta es la segunda vez que la Corte Suprema falla a favor de agentes de Estado en un caso por violaciones a los derechos humanos en dictadura, anteriormente en 2005 había favorecido al general (r) Joaquín León Rivera, que en primera instancia había sido condenado a 10 años de presidio por el caso de los detenidos desaparecidos Luis Cotal Rivera y Ricardo Rioseco Montoya. En el fallo, no obstante, se admitió "que, en circunstancias que Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez se encontraban detenidos en la bodega individualizada en el párrafo A de la motivación tercera de la sentencia en alzada, desarmados y encañonados por un grupo de conscriptos, hizo su aparición en ella don Joaquín León Rivera González, 2º Comandante del Regimiento, quien sacó su pistola y apuntó a uno de ellos, pero la bala no salió, disparando luego los conscriptos, falleciendo en el acto Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez, sin que sus cuerpos hayan sido encontrados hasta la fecha". Y se agregaba luego: "que, los elementos de convicción analizados en el motivo segundo de la sentencia en alzada constituyen un conjunto de presunciones judiciales que, por reunir los requisitos establecidos en el artículo 488 del Código de Procedimiento Penal, permiten a esta Corte adquirir la convicción de que Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez fueron muertos. En efecto, el testigo Duberli Héctor Rodríguez Silva (fs. 19 y 148), dueño de la bodega donde ocurriendo los hechos, asegura haber presenciado el fusilamiento de las víctimas, precisando que los cuerpos “fueron cortados por la mitad”, que le exigieron que trajera cuatro sacos, que los echaron (los cuerpos) al jeep y le señalaron que los irían a botar al río y que ellos mismos (refiriéndose a losconscriptos) limpiaron con agua el lugar para no dejar rastros".
Bernardo Solorza González murió el 21 de abril de 1980 en un cuartel policíal de Talca e inicalmente se habló de un caso de suicidio, sin embargo la Comisión Rettig lo consideró en 1991 como una víctima de la dictadura militar. En el Informe Rettig se señala textualmente respecto a su caso: "El 21 de abril de 1980 murió Bernardo Enrique SOLORZA GONZALEZ. Fue detenido por personal de Investigaciones en Talca, acusado de la comisión de delitos comunes. Oficialmente se informó que la víctima se suicidó ahorcándose, causa que fue consignada en el certificado de defunción. Sin embargo, antecedentes y testimonios recibidos por esta Comisión indican que la víctima falleció producto de los malos tratos y torturas que se le infligieron durante su detención. La Comisión adquirió la convicción de que Bernardo SOLORZA murió a consecuencia de torturas de parte de agentes estatales, quienes violaron así sus derechos humanos (
Precedente en el mismo sentido
Esta es la segunda vez que la Corte Suprema falla a favor de agentes de Estado en un caso por violaciones a los derechos humanos en dictadura, anteriormente en 2005 había favorecido al general (r) Joaquín León Rivera, que en primera instancia había sido condenado a 10 años de presidio por el caso de los detenidos desaparecidos Luis Cotal Rivera y Ricardo Rioseco Montoya. En el fallo, no obstante, se admitió "que, en circunstancias que Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez se encontraban detenidos en la bodega individualizada en el párrafo A de la motivación tercera de la sentencia en alzada, desarmados y encañonados por un grupo de conscriptos, hizo su aparición en ella don Joaquín León Rivera González, 2º Comandante del Regimiento, quien sacó su pistola y apuntó a uno de ellos, pero la bala no salió, disparando luego los conscriptos, falleciendo en el acto Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez, sin que sus cuerpos hayan sido encontrados hasta la fecha". Y se agregaba luego: "que, los elementos de convicción analizados en el motivo segundo de la sentencia en alzada constituyen un conjunto de presunciones judiciales que, por reunir los requisitos establecidos en el artículo 488 del Código de Procedimiento Penal, permiten a esta Corte adquirir la convicción de que Ricardo Rioseco Montoya y Luis Cotal Alvarez fueron muertos. En efecto, el testigo Duberli Héctor Rodríguez Silva (fs. 19 y 148), dueño de la bodega donde ocurriendo los hechos, asegura haber presenciado el fusilamiento de las víctimas, precisando que los cuerpos “fueron cortados por la mitad”, que le exigieron que trajera cuatro sacos, que los echaron (los cuerpos) al jeep y le señalaron que los irían a botar al río y que ellos mismos (refiriéndose a losconscriptos) limpiaron con agua el lugar para no dejar rastros".
Referencias
- 1
Cómo citar este registro
DondeEstan.cl (2026). Nelson Patricio Cayupi Contreras. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/cayupi-contreras-nelson-patricio. Fuentes originales: Memoria Viva (https://memoriaviva.com/criminales/cayupi-contreras-nelson-patricio).