Carmen Cecilia Bueno Cifuentes
Cineasta — 24 años.
Antecedentes
Carmen Cecilia Bueno Cifuentes
Cineasta — 24 años.
Resumen del caso
Carmen Cecilia Bueno Cifuentes fue una cineasta de 24 años y militante del MIR que fue detenida y desaparecida el 29 de noviembre de 1974 en Santiago. El hecho ocurrió junto a su pareja, Jorge Müller Silva, en el marco de las violaciones a los derechos humanos cometidas durante la dictadura militar chilena.
Foto: Museo de la Memoria y los Derechos Humanos (Chile)
Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]
El 29 de noviembre de 1974 fueron detenidos en la vía pública, en Santiago, cuando se dirigían a su trabajo los militantes del MIR Jorge Hernán MÜLLER SILVA y su compañera de trabajo en Chile Films, Carmen Cecilia BUENO CIFUENTES.
Según testimonios, ambos fueron llevados al recinto de Villa Grimaldi y luego trasladados a Cuatro Alamos desde donde desaparecieron en poder de la DINA.
La Comisión está convencida de que la desaparición de ambos fue obra de agentes del Estado, quienes violaron así sus derechos humanos.
MemoriaViva[2]
Relatos de los Hechos
Fuente: Su madre
Relatos de los Hechos
Fuente: Resumen.cl, 28 de Noviembre 2015
“Operación Colombo”: condenan a 65 agentes de la DINA por desaparición de cineastas.
El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Hernán Crisosto Greisse, dictó condena en contra de 65 agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de la pareja de cineastas Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, de 24 años de edad, y Jorge Hernán Müller Silva, de 27 años, ilícitos perpetrados a partir del 29 de septiembre de 1974, en Santiago.
Los hechos
En la etapa de investigación, el ministro Hernán Crisosto logró determinar los siguientes hechos:
«El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado «Villa Grimaldi», ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado «Cuatro Álamos», ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA.
Los ofendidos Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros.
La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos hasta la fecha;
El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista «LEA» de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Carmen Cecilia Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros.
Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
Las condenas
En la resolución, el ministro de fuero condenó a penas de 20 años de presidio, en calidad de autores de los delitos, a los ex oficiales de ejército y ex jerarcas de la DINA: César Raúl Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko.
En tanto, a penas de 12 años de presidio fueron condenados, también como autores, los ex oficiales: Orlando José Manzo Durán, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, y Fernando Eduardo Lauriani Maturana, La misma pena deberán purgar los agentes: Alejandro Francisco Astudillo Adonis; Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Manuel Heriberto Avendaño González, Heriberto del Carmen Acevedo, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, José Mario Friz Esparza, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Juan Ángel Urbina Cáceres, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Luis Fernando Espinace Contreras, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Carlos Eusebio López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Héctor Wacinton Briones Burgos y Leonidas Emiliano Méndez Moreno.
Asimismo, el ministro Crisosto condenó a penas de 6 años de presidio, como cómplices de ambos delitos, a los agentes: Daniel Valentín Cancino Varas, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Raúl Alberto Soto Pérez, José Jaime Mora Diocares, Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, Jaime Humberto Paris Ramos, José Stalin Muñoz Leal, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel San Martín Jiménez, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Reinaldo Alfonso Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Olegario Enrique González Moreno, Miguel Ángel Yáñez Ugalde, Víctor Manuel Molina Astete, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Rafael de Jesús Riveros Frost y Héctor Carlos Díaz Cabezas.
En el caso del agente Samuel Enrique Fuenzalida Devia, se le aplicó una sentencia de 3 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autor, con el beneficio de la libertad vigilada.
En tanto, un total de 6 agentes fueron absueltos por no acreditarse su responsabilidad en estos delitos.
## Microbiografía de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes
Fuente: loslatidosdelamemoria.cl sin fecha
Liceo N°1
y a principios de los ’70 entró a estudiar cine en la Escuela de Arte y la Comunicación de la Católica.
La Carmencha tenía una mirada que te marcaba, era una mujer decidida y audaz, valiente al romper prejuicios, contestataria a nivel familiar. Era súper enamoradiza, bien
polola
, comprometida con sus amores y muy cariñosa. Muy linda, tenía los ojos verdes, el pelo largo y una bella sonrisa; era regalona pero con un carácter fuerte.
Recuerdo que mi hermana me enseñó a abrocharme los cordones de los zapatos, y a pesar que teníamos 16 años de diferencia, su vida me abrió una ventana a un mundo distinto. Entró a militar al
MIR
junto a mi hermana Loli cuando eran muy jóvenes y fueron muy compinches.
Su compromiso con el arte la llevó actuar en la película de
Littin
“Tierra Prometida”
y a participar en la producción de “A la sombra del Sol” de
Caiozzi
y
Perelman
, donde conoció a su compañero
Jorge Müller
. El ’74 estaba trabajando en el documental
“Año Santo Chileno”
junto a un colectivo de cineastas. Creativa, la recuerdo siempre con las manos ocupadas, bordando y tejiendo.
Ese día de noviembre del ’74, iba a Chile Films con Jorge cuando fueron detenidos por individuos de civil. No volvimos a verlos.
Ella es Carmen Bueno Cifuentes, detenida y desaparecida desde el 29 de noviembre de 1974 y yo soy Verónica Bueno Cifuentes, su hermana menor y la recuerdo. Recuérdala tú, recuérdasela a otr@s.
Para realizar esta microbiografía, se entrevistó a Verónica Bueno, quien grabó esta cápsula radial en octubre de 2014 en los estudios de Radio Juan Gómez Millas, de la escuela de Periodismo de la Universidad de Chile, donde posteriormente fue mezclada. Se emitió a través de Radio Universidad de Chile.
Condenan a 56 Agentes de la DINA por Desaparición de Cineastas Carmen Bueno y Jorge Müller
reddigital.cl, 12 de Enero 2020
En la resolución, el ministro de fuero condenó a los agentes: César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a penas de 20 años de presidio, en calidad de autores de los delitos.
En tanto, deberán purgar 12 años de presidio, también como autores, los agentes:
Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis; Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Heriberto del Carmen Acevedo, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Julio José Hoyos Zegarra, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, José Mario Friz Esparza, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Ricardo Víctor Lawrence Mires; Ciro Ernesto Torré Sáez; Basclay Humberto Zapata Reyes, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Rodolfo Valentino Concha Rodríguez, Juan Ángel Urbina Cáceres, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Luis Fernando Espinace Contreras, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Hugo Rubén Delgado Carrasco, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana, Héctor Wacinton Briones Burgos y Leonidas Emiliano Méndez Moreno.
Asimismo, el ministro Crisosto condenó a penas de 6 años de presidio, como cómplices de ambos delitos, a los agentes:
Daniel Valentín Cancino Varas, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Jorge Antonio Lepileo Barrios, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Raúl Alberto Soto Pérez, José Jaime Mora Diocares, Eugenio Jesús Fieldhouse Chávez, Jaime Humberto Paris Ramos, José Stalin Muñoz Leal, Juan Carlos Escobar Valenzuela, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel San Martín Jiménez, Juvenal Alfonso Piña Garrido, Reinaldo Concha Orellana, Osvaldo Octavio Castillo Arellano, Guido Arnoldo Jara Brevis, Hugo Hernán Clavería Leiva, Carlos Enrique Miranda Mesa, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Olegario Enrique González Moreno, Miguel Ángel Yáñez Ugalde, Víctor Manuel Molina Astete, Gustavo Galvarino Caruman Soto, Rafael de Jesús Riveros Frost y Héctor Carlos Díaz Cabezas.
En el caso del agente Samuel Fuenzalida Devia, se le aplicó una sentencia de 3 años y un día de presidio, por su responsabilidad como autor, con el beneficio de la libertad vigilada. Asimismo, fueron absueltos los agentes Alejandro Francisco Molina Cisternas, Nelson Alberto Paz Bustamante, Héctor Raúl Valdebenito Araya, Carlos Enrique Letelier Verdugo, Herman Eduardo Ávalos Muñoz y Raúl Bernardo Toro Montes.
Los hechos
En la etapa de investigación, el ministro Hernán Crisosto logró determinar los siguientes hechos:
«El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva, militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado «Villa Grimaldi», ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado «Cuatro Álamos», ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA;
Los ofendidos Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y Jorge Hernán Müller Silva durante su estada en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la Dina que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros;
La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos hasta la fecha;
El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista «LEA» de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Carmen Cecilia Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros;
Que las publicaciones que dieron por muerto a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
En el aspecto civil, el ministro Crisosto condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a la hija de las víctimas
Ministro Crisosto condena a general (R) de Carabineros por homicidio de profesor de arquitectura
El ministro en visita Hernán Crisosto condenó al general en retiro de Carabineros Sergio Jiménez Albornoz a la pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de homicidio calificado de Leopoldo Raúl Benítez Herrera , ocurrido en Santiago el 17 de septiembre de 1973.
El magistrado determinó que:
«El día 17 de septiembre de 1973, alrededor de las 20:00 horas, rigiendo ya el «Toque de queda», que decretó la Junta Militar que había depuesto días antes al gobierno constitucionalmente constituido, y en circunstancias que Leopoldo Raúl Benítez Herrera, Profesor de Facultad de Arquitectura de la Pontificia Universidad Católica de Chile, y simpatizante de izquierda, se encontraba en el domicilio de sus suegros ubicado en calle Los Olmos Nº2930, actual comuna de Macul, se produjo un allanamiento al domicilio, por un grupo de efectivos pertenecientes a la Escuela de Suboficiales de Carabineros, en esa época denominada Centro de Perfeccionamiento de Suboficiales, al mando de un oficial, quienes en el marco de una selectiva represión a simpatizantes del gobierno depuesto, procedieron a llevarse a Benítez, en contra de su voluntad, en una micro tripulada por efectivos de la misma institución, lo que fue presenciado por familiares que le acompañaban en el hogar», dice el fallo.
Agrega que:
«a los pocos minutos que se llevaran a Leopoldo Benítez Herrera, familiares escucharon una ráfaga de metralleta. Que el día 24 de septiembre de 1973, el cuerpo sin vida de Leopoldo Raúl Benítez Herrera, fue encontrado por familiares en el Servicio Médico Legal de Santiago, siendo la causa de muerte según el informe de autopsia «múltiples heridas a bala», constando de los antecedentes que el cuerpo fue encontrado por militares en la vía pública alrededor de las 01:00 horas del día 18 de septiembre de 1973, con heridas de bala.En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de $ 310.000.000 (trescientos diez millones de pesos) a los familiares de la víctima por daño moral.
Con exhibición de Una Mujer Fantástica se realizó actividad central del Día del Cine Chileno (extracto)
araucaniacuenta.cl, 28/11/2017
El Día del Cine Chileno se instaura como homenaje a Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes, detenidos y desaparecidos el 29 de noviembre de 1974, durante la dictadura militar.
Como es habitual cada año, en una emotiva ceremonia se realizó la entrega de la versión 2017 del Premio Enrique Eilers, este año se le otorgó al audiovisualista regional y gestor cultural Marcelo Cuevas, quien tiene una extensa carrera en el área, con acento en el impulso a la difusión y apreciación cinematográfica y al resguardo del archivo patrimonial audiovisual; es creador, además, del Festival de Cortometrajes Araucanía Audiovisual, que celebró este año su quinta versión.
La entrega del premio se hizo en el marco de la actividad central de conmemoración del Día Cine Chileno 2017, realizada en el Aula Magna de la Universidad de La Frontera y a la que asistieron unas 200 personas. En la ocasión se exhibió con acceso liberado la cinta “Una Mujer Fantástica”, dirigida por Sebastián Lelio y premiada en el Festival de Berlín y se presentó el proyecto Araucanía Film Commission y contó con la presencia del decano de la Facultad de Educación, Ciencias Sociales y Humanidades de esta casa de Estudios Juan Manuel Fierro, el director de Cultura Pedro Mariman y el académico y representante de Trac Araucanía Bruno Toro, entre otros.
El premiado realizador Marcelo Cuevas, manifestó que “recibir el premio Enrique Eilers Mohr es muy significativo y emocionante para mí porque representa ese amor irrenunciable por el cine que me acompaña desde siempre, que nos transmitió don Enrique a todos quienes fuimos sus alumnos. El amor por las imágenes en movimiento y todo lo que ellas nos hacen sentir. Es una motivación para continuar en este camino, como realizador y como gestor. Gracias a Trac Araucanía, al CNCA, a mis compañeros de ruta y especialmente a mi familia por el apoyo y la paciencia, espero poder continuar con este viaje, creando y trabajando en la difusión, la formación de público y la apreciación cinematográfica desde la primera infancia”.(extracto)
Cineastas detenidos desaparecidos: Carmen Bueno y Jorge Müller
laizquierdadiario.cl, 8 de Septiembre 2017
Carmen ingresa a la Pontificia Universidad Católica de Chile, a la escuela de Arte de la Comunicación, lugar en el que estudia cine. Realiza sus primeros trabajos con el cineasta
Miguel Littin
en la cinta
"La Tierra Prometida"
. Luego con
Silvio Caiozzi
en la película
"A la Sombra del Sol"
. Además integra el elenco de trabajo de los cineastas
Jorge Di’Lauro
y
Nieves Yancovic
, en la filmación del
Año Santo en el Templo Votivo de Maipú
en el año 1974.
Después del golpe militar, la situación laboral se torna incierta, decenas de artistas fueron detenidos, censurados y apremiados, se cierran las escuelas de cine y las universidades pasan a controlarlas los militares. Por lo que debe buscar diferentes fuentes de trabajo. Hace cortos publicitarios en los estudios de Chile Films, lugar al que se dirigía cuando fue detenida. Su madre declara en la
Vicaria de la solidaridad
que
"Desde muy joven se manifiesta en ella, la que sería su vocación, plasmar en la imagen audio visual, el espíritu vivo del hombre y su contorno, además de comunicar haciendo conciencia de los grandes problemas sociales del país. Nada logra abatir su voluntad de servir, tiene clara conciencia de los tiempos que se viven con la llegada del nuevo régimen".
Jorge se forma en la Escuela de Cine de la Universidad de Chile de Viña del Mar. En 1970 inicia su trabajo cinematográfico con la película
Reportaje a Lota
, donde retrata la vida y lucha de los mineros del carbón. Luego, inaugura su trabajo fotográfico en ficción con los filmes
A la Sombra del Sol
, de
Silvio Caiozzi
y
Pablo Perelman
, y
La Tierra Prometida
, de
Miguel Littin
. Trabaja además con
Raúl Ruiz
, en sus filmes
La expropiación y El realismo socialista
. Pero sin duda su obra mas sobresaliente fue la trilogía de
La Batalla de Chile
de
Patricio Guzmán
, donde fue su mirada la que logro inmortalizar el mayor retrato del proceso revolucionario chileno, con cámara al hombro, largos planos secuencias, consiguio capturar la esencia de los personajes, la pasión, el odio, la fe, la tensión del momento.
La detención
Carmen Cecilia Bueno Cifuentes
y
Jorge Hernán Müller Silva
, fueron detenidos el día 29 de noviembre de 1974, alrededor de las 9:30am, en plena vía pública, en la calle Bilbao con Los Leones, por civiles que se movilizaban en una camioneta. La noche anterior, ambos habían concurrido al cine Las Condes, al estreno de la película
"A la sombra del Sol"
de
Silvio Caiozzi
y
Pablo Perelmann
, en cuya producción habían participado. Al finalizar la cinta, se dirigieron junto a otros miembros del equipo de filmación a la casa de uno de ellos para celebrar el estreno, donde permanecieron toda la noche. En la mañana siguiente salieron con la intención de dirigirse primero al domicilio de Müller y luego a su lugar de trabajo, Chile Films, sin embargo, no llegaron a ninguno de los dos lugares.
La pareja detenida fue llevada a
Villa Grimaldi
(recinto secreto de la DINA), ubicado en la Avenida José Arrieta 8200, sector de Peñalolén, donde fueron ubicados en piezas distintas. En este lugar fueron objeto de torturas, y algunas detenidas señalan haber escuchado los gritos de Carmen cuando era apremiada. Ambos fueron trasladados, con algunos días de diferencia, al campamentos de incomunicados Cuatro Álamos (centro de detención y tortura) a mediados de diciembre y fueron vistos por varios otros detenidos, según el sitio
memoria viva
"Los testigos coinciden en manifestar que Jorge y Cecilia se comunicaban en este recinto por señas, cuando las mujeres eran llevadas al baño. Alrededor del día 17 de diciembre, fueron sorprendidos en estas comunicaciones por un agente al que llamaban "Dum Dum" y Müller fue conducido a la oficina del Jefe del recinto Orlando Manzo Durán, el que lo amonestó y le dijo que sería castigado. Al día siguiente de este incidente, la pareja fue sacada de Cuatro Álamos por tres efectivos de la DINA que trasladaban detenidos, fecha desde la cual no volvieron a ser vistos en ningún otro lugar."
Ambos cineastas fueron una contribución al cine nacional, al rescate de la identidad latinoamericana y popular, siendo parte de un cine comprometido con los procesos que vivía la realidad y que lograron inmortalizar en imagen-movimiento la efervescencia social de los años ’70. Un cine que registro, creo y estuvo junto al pueblo.
CNCA rinde homenaje a artistas víctimas de la dictadura
cultura.gob.cl, 9/9/2016
Un emotivo homenaje a artistas, cultores y artesanos víctimas de la dictadura se desarrolló este viernes 9 de septiembre en Valparaíso, en el Centro de extensión del Consejo de la Cultura y las Artes (Centex).
La encargada de la Unidad de Memoria y Derechos Humanos del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, Francia Jamett Pizarro, resaltó el rol de la institución en la observancia de políticas de reparación simbólica. “La celebración de conmemoraciones y homenajes a víctimas de violaciones a los derechos humanos forman parte de los valores y principios del Consejo expresados en las Políticas Culturales 2011-2016. Este reconocimiento a las y los artistas víctimas de la dictadura responde a un compromiso institucional que busca resaltar sus vidas y sus obras, y construir nuevos relatos en torno a la reparación simbólica”, expreso la encargada.
El escritor, Jorge Montealegre, presentó su libro “Memorias Eclipsadas. Duelo y resiliencia comunitaria en la prisión política”, donde relata la manera en que la creación artísticas y cultural, en condiciones de vivencia en campos de prisioneros, permitieron sobrellevar de una manera más digna las violaciones de derechos humanos permanentes que sufrieron quienes fueron encarcelados por motivos políticos.
El ciclo “Mes de la Memoria”, organizado por el CNCA, se inició el pasado viernes 2 de septiembre con un simbólico homenaje interno para recordar el legado de Galia Díaz Riffo y Romina Irarrázabal Faggiani, funcionarias fallecidas hace cinco años en el accidente aéreo de Juan Fernández.
Corte condena a Estado a pagar $ 100 millones a familiares de desaparecido
El Mostrador, 30 de Marzo 2007
En un fallo dividido, el tribunal de alzada capitalino por primera vez se hace cargo del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que sentenció al Estado de Chile por la aplicación de la Ley de Amnistía de 1978, para acceder al pago de una compensación a víctimas de la represión militar.
En ese sentido, determinó que el Fisco tiene responsabilidades que son imprescriptibles en los casos de política represiva. En primera instancia, en agosto de 2001, el 29º Juzgado Civil de Santiago había negado pagar la compensación, pero los integrantes de la Tercera Sala del tribunal revirtieron esa medida ordenando el pago antes mencionado.
La opinión de mayoría, respaldada por el ministro Mario Rojas y el abogado integrante Hugo Llanos, afirma que “esta Corte considera que la preparación y ejecución de la detención y posterior tortura y desaparición de las víctimas no habrían podido perpetrarse sin las órdenes superiores de las jefaturas de policía, y agentes del Estado o sin la colaboración, aquiescencia y tolerancia, manifestadas en diversas acciones realizadas en forma coordinada y concatenada de miembros de las policías, y de los servicios de inteligencia".
"Estos no sólo faltaron gravemente a sus deberes de prevención y protección de los derechos de las presuntas víctimas, consagrados en el artículo 1.1 de la Convención Americana, sino que utilizaron la investidura oficial y recursos otorgados por el Estado para cometer violaciones (...) el Estado se constituyó en factor principal de los graves crímenes cometidos, configurándose una clara situación de terrorismo de Estado”, agrega la resolución.
Además, el dictamen sostiene que “la cuestión de la prescripción de la acción no puede ser resuelta desde las normas del Derecho privado, porque éstas atienden fines diferentes. De aceptarse esta tesis, ciertamente se vulneraría no sólo la Convención Americana de Derechos Humanos, (...), sino que además el artículo 5 de la Constitución Política de la República, que junto con reconocer el carácter vinculante de los instrumentos de Derecho Internacional, establece para los órganos del Estado el deber de respetar y promover los derechos fundamentales, entre los que ha de situarse el de indemnización que ha sido invocado en estos autos”.
El fallo además hace un extenso análisis de las resoluciones en que la CIDH ha condenado a distintos estados por casos de violaciones a los derechos humanos, para respaldar el pago de una indemnización reparatoria de los familiares de las víctimas.
En el voto de minoría, la ministra Gloria Ana Chevesich, sostiene que los hechos se encuentran prescritos, ya que la demanda indemnizatoria fue interpuesta recién en 2000, a 26 años de ocurridos los hechos.
El cineasta y su pareja
Jorge Müller Silva era un joven cineasta de 27 años a la fecha de su detención y fue capturado junto a su pareja, la también militante del MIR Carmen Bueno Cifuentes (24) en la esquina de las avenidas Francisco Bilbao y Los Leones, el
29 de noviembre de 1974.
Ambos jóvenes habían participado en la noche anterior en el estreno de la película “A la Sombra del Sol” en el cine Las Condes, ya que formaron parte del equipo de filmación de la cinta.
Müller era, además, uno de los más destacados camarógrafos de su época y había participado en la grabación del documental “La Batalla de Chile”, de Patricio Guzmán, que retrataba el Chile de la Unidad Popular y la campaña presidencial de Salvador Allende, y que se ha convertido en uno de los trabajos del cine más premiados a nivel internacional.
Al momento de su detención, la pareja estaba trabajando en la filmación del "Año Santo chileno", evento que se realizó días antes de su arresto en el Templo Votivo Maipú y que había sido organizado por la Conferencia Episcopal de Chile.
La pareja fue conducida al centro de Villa Grimaldi, donde permanecieron detenidos y sometidos a intensas torturas de parte de los agentes de Estado, los que fueron particularmente duros con Bueno, ya que se le acusaba de haber regalado un perro al entonces líder del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), Miguel Enríquez.
Luego fueron trasladados al recinto de Cuatro Alamos, donde fueron vistos por varios testigos que coinciden en manifestar que ambos se comunicaban a través de señas, cuando las mujeres eran llevadas al baño. Sus comunicaciones fueron descubiertas por agentes de la DINA y al día siguiente se les perdió el rastro.
Juez Guzmán volvió a golpear a la DINA
La Nacion, 4 de Enero 2004
Las resoluciones adoptadas por el juez Guzmán en este episodio, constituyen en conjunto el más masivo procesamiento dictado hasta ahora por este ministro, y uno de las que abarca más cantidad de víctimas y encausados en los juicios que se instruyen por violaciones de los derechos humanos.
Los procesados, todos en situación de retiro y declarados reos como autores de secuestro calificado son, además de Contreras, el ex jefe de la Brigada de Inteligencia Metropolitana de la DINA, general César Manríquez Bravo, hermano de Mario, coronel (R) encartado como autor intelectual del crimen de Víctor Jara; el ex segundo hombre de la DINA, brigadier Pedro Espinoza Bravo; el ex jefe de Villa Grimaldi, coronel Marcelo Moren Brito; el ex jefe del recinto DINA Cuatro Alamos, oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán; el ex jefe del grupo Halcón de la DINA, brigadier Miguel Krassnoff Martchenko; el ex jefe del Servicio Secreto de la Dirección de Inteligencia del Ejército y ex miembro de la plana mayor de la DINA, coronel Francisco Ferrer Lima, que cumple condena en Punta Peuco por el crimen del sindicalista Tucapel Jiménez; el ex jefe del recinto DINA Tres Alamos, oficial de Carabineros Conrado Pacheco Cárdenas; el suboficial de Ejército Basclay Zapata Reyes; y el ex agente civil Osvaldo Romo Mena.
Las nuevas ocho víctimas de Colombo son: Aldo Pérez Vargas, Roberto Aranda Romero, Jorge Müller Silva, Modesto Espinoza Pozo, Carlos Pérez Vargas, Carmen Bueno Cifuentes, Rodrigo Ugas Morales y Carlos Gajardo Wolf. Los cinco últimos figuran en la lista de los 119 desaparecidos por este operativo, no así los tres primeros.
El montaje
La llamada Operación Colombo nació en los primeros meses de 1975, cuando la DINA y el propio ex dictador Augusto Pinochet, así como otros de sus ministros militares, comenzaron a difundir informaciones de que el MIR preparaba “guerrilleros” en distintas ciudades argentinas para hacerlos entrar clandestinamente a Chile por pasos fronterizos a combatir el régimen militar. Los diarios El Mercurio, La Tercera, Las Ultimas Noticias y el vespertino La Segunda fueron los encargados de publicarlas.
La cúspide del montaje ocurrió entre los días 17 y 19 de julio de 1975, cuando primeramente el diario brasileño O Dia, de breve tiempo de circulación, informó
El retirado general Manuel Contreras ha sumado otro enjuiciamiento a su expediente en los tribunales chilenos.
que 59 chilenos habían sido ejecutados en Argentina por sus propios compañeros de izquierda, atribuyendo las muertes a “ajustes de cuentas” políticas. El día 19, la revista argentina Lea, publicó en su único número que lo mismo había ocurrido con otros 60 chilenos, la mayoría del MIR.
En abril de 1975 apareció en un sótano de Buenos Aires el cuerpo destruido por una explosión con un cartel que decía “dado de baja por el MIR”. Se dijo que era el detenido desaparecido comunista David Silberman. Sin embargo, no era él. El 12 de julio de 1975 aparecieron en Buenos Aires otros dos cuerpos baleados y quemados con una leyenda similar. La dictadura informó que se trataba de quienes habían sido dado por desaparecidos en Chile, Jaime Robotham Bravo y Luis Guendelman Wisnik. Lo que también resultó falso.
El 24 de julio de 1975, La Segunda publicó en portada tal vez el titular más representativo del invento: “Exterminados como ratones: 59 miristas chilenos caen en operativo militar en Argentina”.
Objetivo y origen de la acción
El objetivo de la Operación Colombo fue hacer creer que decenas de personas, que en Chile sus familiares, abogados y las iglesias daban por detenidos desaparecidos, en realidad habían salido clandestinamente a Argentina a prepararse en guerrillas para regresar a Chile a combatir. Y que en el intertanto afuera se habían ajustado cuentas políticas matándose entre ellos o cayendo abatidos por operativos militares en Argentina, país que vivía la convulsión política y militar en los últimos meses antes del golpe de Estado de marzo de 1976.
En cuanto al origen del nombre Operación Colombo, éste se remite a declaraciones del ex agente civil de la DINA Enrique Arancibia Clavel, quien admitió en Buenos Aires en 1978 -acusado de “espionaje”- que en 1975 llegó a esa capital el agente Raúl Eduardo Iturriaga Neumann (ex jefe del Departamento Exterior DINA y actual general retirado) para hacer aparecer muerto en Argentina a un “subversivo chileno” de nombre “Simelman o algo parecido”. Se trataba de Silberman. Según Arancibia Clavel, Iturriaga le dijo que se trataba de la Operación Colombo en la cual se contó con la colaboración, entre otros, del civil argentino y miembro de la Triple A (Alianza Argentina Anticomunista) Martín Ciga Correa.
Toma Del Liceo Nº1 Rinde Homenaje A Ex Alumnas Detenidas Desaparecidas
afepchile.cl, 10 de Septiembre 2011
Hermosa esperanza son las jóvenes de hoy que con sensibilidad y valentía reconocen y luchan por sus ideales, los mismos de ayer.
Cecilia Gabriela Castro Salvadores Detenida Desaparecida el 17 de noviembbre de 1974
Carmen Cecilia Bueno Cifuentes Detenida Desaparecida el 29 de noviembre de 1974
Michelle Marguerite Peña Herreros Detenida Desaparecida el 20 de junio de 1975
Nilda Patricia Peña Solari Detenida Desaparecida el 10 de diciembre de 1974
Carmen Angélica Delard Cabezas Detenida Desaparecida el 10 de enero de 1977
Gloria Ximena Delard Cabezas Detenida Desaparecida el 17 de enero de 1977
Por cada una de ellas se plantó un árbol.
Secuestro de Jorge Müller y Carmen Bueno: agentes de la DINA son condenados por la desaparición de los cineastas
radio.uchile.cl, 23 de Febrero 2024
En fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a
César Manríquez Bravo
,
Pedro Espinoza Bravo
,
Raúl Iturriaga Neumann
y
Miguel Krassnoff
Martchenko
a 20 años de presidio, en calidad de autores del delito.
El máximo tribunal rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo, deducidos en contra de la sentencia que condenó a agentes de la extinta
Dirección de Inteligencia Nacional (DINA)
por su responsabilidad en el
delito de secuestro calificado de la pareja de cineastas Jorge Hernán Müller Silva y Carmen Cecilia Bueno Cifuentes
. Ilícitos cometidos a partir del 29 de noviembre de 1974.
En fallo unánime (causa rol 43.971-2020), la Segunda Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, la ministra María Teresa Letelier y la abogada (i) Pía Tavolari– confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann y Miguel Krassnoff Martchenko a
20 años de presidio
, en calidad de
autores del delito
.
En tanto, Orlando Manzo Durán, Manuel Andrés Carevic Cubillos, Alejandro Francisco Astudillo Adonis, Sylvia Teresa Oyarce Pinto, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Heriberto Avendaño González, Nelson Aquiles Ortiz Vignolo, Silvio Antonio Concha González, Pedro Ariel Araneda Araneda, Luis Rigoberto Videla Inzunza, Jorge Segundo Madariaga Acevedo, Teresa del Carmen Osorio Navarro, José Abel Aravena Ruiz, Rosa Humilde Ramos Hernández, Pedro René Alfaro Fernández, Luis René Torres Méndez, Jerónimo del Carmen Neira Méndez, Palmira Isabel Almuna Guzmán, Carlos López Inostroza, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Francisco Maximiliano Ferrer Lima, Fernando Eduardo Lauriani Maturana deberán cumplir
12 años de presidio
,
como coautore
s.
“Que, de esa manera, los elementos del ilícito examinado y la participación en ellos de estos acusados, se estimó verificada por el tribunal de primer grado, conclusiones que la judicatura de segundo grado hizo suyas, refrendadas en el considerando 7° de la sentencia objetada”, plantea el fallo.
La resolución agrega: “Que, en consecuencia, y aun soslayando los graves defectos formales de los recursos de nulidad sustancial examinados, las infracciones denunciadas por las defensas de Carlos López Inostroza, Jerónimo Neira Méndez, Luis Videla Inzunza, Pedro Alfaro Fernández, Raúl Iturriaga Neumann, Pedro Espinoza Bravo y César Manríquez Bravo, no se han configurado en la especie, desde que los hechos establecidos en la sentencia impugnada y la participación en ellos de estos acusados, se han ajustado a las leyes reguladoras de la prueba, de manera que ningún reproche puede plantearse sobre el particular a la sentencia impugnada, de manera que los recursos de nulidad sustancial en examen serán íntegramente desestimados”.
Operación Colombo
En la sentencia de primer grado, el ministro de fuero de la
Corte de Apelaciones de Santiago
Hernán Crisosto Greisse
dio por establecidos los siguientes hechos:
El día 29 de noviembre de 1974, Carmen Cecilia Bueno Cifuentes y su pareja Jorge Hernán Müller Silva,
militantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR)
, fueron detenidos en la vía pública, en calle Francisco Bilbao con Los Leones de Santiago, por agentes pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) quienes los introdujeron a una camioneta C-10 y los trasladaron al recinto de reclusión clandestino de la DINA denominado ‘
Villa Grimaldi
’, ubicado en Lo Arrieta N° 8200, de La Reina y posteriormente al recinto de reclusión clandestino denominado ‘
Cuatro Álamos
’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales solo tenían acceso los agentes de la DINA.
Durante su estadía en los cuarteles de Villa Grimaldi y Cuatro Álamos, permanecieron sin contacto con el exterior, vendados y amarrados, siendo en el primero de ellos continuamente sometidos a interrogatorios bajo tortura por agentes de la DINA que operaban en dichos cuarteles con el propósito de obtener información relativa a integrantes del MIR, para proceder a la detención de sus miembros.
La última vez que las víctimas Bueno Cifuentes y Müller Silva fueron vistos con vida, ocurrió un día no determinado a mediados del mes de diciembre de 1974, sin que exista hasta la fecha, antecedentes sobre el paradero de ambos, encontrándose desparecidos.
El nombre de Carmen Cecilia Bueno Cifuentes,
apareció en un listado de 119 personas
, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista
‘LEA’
de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975, en la que se daba cuenta que Bueno Cifuentes había muerto en Argentina, junto a otras 59 personas pertenecientes al MIR, a causa de
rencillas internas suscitadas entre esos miembros
.
Las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Bueno Cifuentes tuvieron su origen en
maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior
.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una
indemnización de $50 millones por concepto de daño moral
, a la hermana demandante de la víctima Bueno Cifuentes.
Carmen Bueno, en ambos lados de la cámara
cclm.cl sin fecha
Tras participar en algunos cortometrajes de escuela, Carmen Bueno comenzó a trabajar en diversas áreas del audiovisual: fue asistente de producción en el documental
El primer año
(Patricio Guzmán, 1972) y actriz, vestuarista, cocinera y productora en el largometraje
La tierra prometida
(Miguel Littin, 1973). Tras el golpe militar de 1973 comienza a trabajar en cortos publicitarios en Chile Films y en el largometraje
A la sombra del sol
(Silvio Caiozzi y Pablo Perelman, 1974), como continuista y actriz.
El 25 de noviembre de 1974 Bueno junto al camarógrafo Jorge Müller y los realizadores Jorge di Lauro y Nieves Yankovic filman una ceremonia religiosa en el templo votivo de Maipú para el documental
Año santo chileno
. Cinco días después, el 29 de noviembre, tras asistir a la premiere de
A la sombra del sol
, Bueno es secuestrada por la policía política de la dictadura junto a Jorge Müller. Según testimonios de sobrevivientes, fue llevada al recinto de detención de Villa Grimaldi y posteriormente trasladada al de Cuatro Álamos, donde se pierde su rastro.
En homenaje a Carmen Bueno y Jorge Müller la comunidad audiovisual empieza a conmemorar el 29 de noviembre como el Día del Cine Chileno, primero de manera informal y posteriormente se institucionaliza con el apoyo de ministerios, museos y otras entidades.
El presente especial incluye tres títulos que cuentan con la participación de Carmen Bueno: los cortometrajes de escuela
Flores S.A.
(Dirección colectiva, en la que participa Carmen Bueno, 1971) y
Cosita
(Cristián Sánchez, 1971, con dirección de fotografía de Carmen Bueno) y el largometraje
La tierra prometida
(Miguel Littin, 1973, con Carmen Bueno en actuación, vestuario, cátering y producción).
Además, considera una función especial de
29 de noviembre
(Carla Toro, Mauricio Villarroel, 2016), documental que reconstruye, a través de los relatos de amigos y familiares, la vida y obra de
Carmen Bueno
y
Jorge Müller.
UC entregará títulos póstumos a víctimas de la dictadura
resumen.cl 27/8/2013
La Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC) hará entrega de títulos profesionales, en carácter póstumo, a quienes fueron sus alumnos y sufrieron violaciones a los derechos humanos durante la dictadura de Augusto Pinochet.
La ceremonia del jueves 5 de septiembre se realizará en el marco del aniversario número 40 del Golpe de Estado de 1973 que derrocó al gobierno de Salador Allende en el campus San Joaquín de la casa de estudios.
La conmemoración partirá a las 18:30 horas con una misa en recuerdo que celebrara el vice gran canciller de la Universidad, Cristián Roncagliolo, para luego a las 19:30 proceder a la entrega de los diplomas a los familiares de los alumnos detenidos desaparecidos o ejecutados con posterioridad al 11 de septiembre de 1973.
El acto está organizado por el colectivo Memoria de la UC y cuenta con el respaldo de la Federación de Estudiantes de la casa de estudios (FEUC).
Esta es la segunda casa de estudios superiores que anuncia una ceremonia de este tipo para recordar el golpe de Estado. Ya lo hizo la Universidad de Santiago, la que recordará a 40 de sus alumnos que fueron víctimas de la represión posgolpe.
Expedientes de la Represión[3]
Caso Operación Colombo, Episodio Carmen Bueno Cifuentes y Jorge Müller Silva
- Hernan Crisosto
- 2182-1998
- 43971-2020
- 632-2016
- Metropolitana De Santiago
- Cuatro Alamos
- Villa Grimaldi
- A Pedro Octavio Espinoza Bravo
- Alejandro Francisco Astudillo Adonis
- Carlos Lopez Inostroza
- Cesar Manriquez Bravo
- Ciro Ernesto Torre Saez
- Demostenes Eugenio Cardenas Saavedra
- Fernando Lauriani Maturana
- Francisco Maximiliano Ferrer Lima
- Gerardo Ernesto Godoy Garcia
- Hector Briones Burgos
- Heriberto Del Carmen Acevedo
- Hugo Del Transito Hernandez Valle
- Jeronimo Del Carmen Neira Mendez
- Jorge Antonio Lepileo Barrios
- Jorge Segundo Madariaga Acevedo
- Jose Abel Aravena Ruiz
- Juan Angel Urbina Caceres
- Lautaro Eugenio Diaz Espinoza
- Luis Rigoberto Videla Inzunza
- Manuel Andres Carevic Cubillos
- Miguel Krassnoff Martchenko
- Orlando Manzo Duran
- Palmira Isabel Almuna Guzman
- Pedro Ariel Araneda Araneda
- Pedro Rene Alfaro Fernandez
- Raul Eduardo Iturriaga Neumann
- Ricardo Victor Lawrence Mires
- Rosa Humilde Ramos Hernandez
- Silvio Antonio Concha Gonzalez
- Sylvia Teresa Oyarce Pinto
- Teresa Del Carmen Osorio Navarro
Referencias
- 1Museo de la Memoriahttps://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=2011
- 2
- 3