Carlos Patricio Acuña Álvarez
Supervisor Mineral Chuquicamata — 26 años.
Antecedentes
EstadoComisión Valech-Rettig Violación de Derechos Humanos
Fecha13 de octubre de 1973
LugarAntofagasta, II Antofagasta
Edad26 años
OcupaciónSupervisor Mineral Chuquicamata
MilitanciaPS
Carlos Patricio Acuña Álvarez
Supervisor Mineral Chuquicamata — 26 años.
Resumen del caso
Carlos Patricio Acuña Alvarez, supervisor de 26 años en la mina de Chuquicamata y militante socialista, fue ejecutado por agentes del Estado el 13 de octubre de 1973 en la cárcel de Antofagasta. Su muerte fue declarada una ejecución extrajudicial, ya que ocurrió sin juicio ni derecho a defensa después de haberse presentado voluntariamente ante las autoridades militares.
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Museo de la Memoria y los Derechos Humanos[1]
El 13 de octubre de 1973 fue ejecutado por efectivos militares Carlos Patricio ACUÑA ALVAREZ, de 26 años de edad, encargado de protección industrial en Cobrechuqui, militante socialista. El afectado se presentó voluntariamente el día 11 de septiembre ante las autoridades militares, permaneciendo arrestado por unos días en la Cárcel de Calama, para luego ser trasladado a la de Antofagasta, siempre incomunicado.
Su familia afirma que el 13 de octubre fue ejecutado en el recinto de la Cárcel Pública de Antofagasta. El mismo día y lugar registran su certificado de defunción, explicándosele que se había celebrado un Consejo de Guerra en su contra. Sus restos fueron entregados a la familia.
Sin perjuicio de esa información verbal, la Comisión adquirió la convicción de que la muerte de Carlos Acuña correspondió a una ejecución al margen de toda legalidad, de responsabilidad de agentes del Estado, violándose sus derechos esenciales. Fundamenta su convicción en las siguientes circunstancias:
– la inexistencia de cualquier antecedente a pesar de que fuera solicitado a la autoridad correspondiente que indique que efectivamente se hubiese celebrado un Consejo de Guerra en contra del afectado; y
– que en el evento que hubiese existido alguna forma de enjuiciamiento en contra de Carlos Acuña, éste no contó con asistencia de abogado ni con el menor derecho a la defensa.
Su familia afirma que el 13 de octubre fue ejecutado en el recinto de la Cárcel Pública de Antofagasta. El mismo día y lugar registran su certificado de defunción, explicándosele que se había celebrado un Consejo de Guerra en su contra. Sus restos fueron entregados a la familia.
Sin perjuicio de esa información verbal, la Comisión adquirió la convicción de que la muerte de Carlos Acuña correspondió a una ejecución al margen de toda legalidad, de responsabilidad de agentes del Estado, violándose sus derechos esenciales. Fundamenta su convicción en las siguientes circunstancias:
– la inexistencia de cualquier antecedente a pesar de que fuera solicitado a la autoridad correspondiente que indique que efectivamente se hubiese celebrado un Consejo de Guerra en contra del afectado; y
– que en el evento que hubiese existido alguna forma de enjuiciamiento en contra de Carlos Acuña, éste no contó con asistencia de abogado ni con el menor derecho a la defensa.
Referencias
- 1Museo de la Memoriahttps://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=2905
Cómo citar este registro
DondeEstan.cl (2026). Carlos Patricio Acuña Álvarez. Recuperado el 11 de enero de 2026, de https://dondeestan.cl/record/carlos-patricio-acuna-alvarez. Fuentes originales: Museo de la Memoria (https://interactivos.museodelamemoria.cl/victims/?p=2905).